D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20240917-34)
Convenio – Convenio de 27 de agosto de 2024, entre el Servicio Madrileño de Salud y la Junta Provincial de Madrid de la Asociación Española Contra el Cáncer, mediante el que se instrumenta una subvención nominativa por importe de 600.000 euros, para el desarrollo de actividades en materia de cuidados paliativos para el año 2024
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BOCM
Pág. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 222
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
34
CONVENIO de 27 de agosto de 2024, entre el Servicio Madrileño de Salud y la Junta Provincial de Madrid de la Asociación Española Contra el Cáncer, mediante el
que se instrumenta una subvención nominativa por importe de 600.000 euros, para
el desarrollo de actividades en materia de cuidados paliativos para el año 2024.
REUNIDOS
De una parte, Dña. Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad y Directora
General del Servicio Madrileño de Salud, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de
noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño
de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del
Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por
el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Y de otra, Dña. Laura Ruiz de Galarreta Barrera, mayor de edad, en nombre y representación de la Junta Provincial de Madrid de la Asociación Española Contra el Cáncer (en
adelante, AECC), con domicilio social en Madrid, Avenida Doctor Federico Rubio y Galí,
número 84, y NIF: G-28/197564; actúa en calidad de Presidenta, nombrada en virtud de
acuerdo adoptado por el Consejo Ejecutivo de la AECC, en sesión celebrada el día 22 de enero de 2018, cargo para el que fue ratificada en la reunión del Consejo Nacional, de 23 de
mayo de 2023.
Las partes se reconocen plena capacidad jurídica y de obrar para el otorgamiento del
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero
Que la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de
Madrid, en su artículo 2.3.b) recoge entre sus principios rectores la concepción integral del sistema sanitario, incluyendo la promoción de la salud, la educación sanitaria, la prevención, la
asistencia en caso de enfermedad, la rehabilitación, la investigación y la formación sanitaria.
Segundo
Que la Viceconsejería de Sanidad asume la superior dirección del Servicio Madrileño de
Salud, tal y como establece el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.a) del Decreto 24/2008, de 3 de
abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud tiene, entre otros fines, la atención integral de la salud de todos los ámbitos asistenciales.
El Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, recoge, en su artículo 2.h), la
competencia de la Dirección General Asistencial para para la propuesta, seguimiento y control de convenios.
El presente convenio se enmarca dentro de las competencias del Servicio Madrileño de
Salud y de la Comunidad de Madrid, en referencia al contenido mínimo que para los convenios establecen, tanto el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídi-
BOCM-20240917-34
Tercero
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 222
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
34
CONVENIO de 27 de agosto de 2024, entre el Servicio Madrileño de Salud y la Junta Provincial de Madrid de la Asociación Española Contra el Cáncer, mediante el
que se instrumenta una subvención nominativa por importe de 600.000 euros, para
el desarrollo de actividades en materia de cuidados paliativos para el año 2024.
REUNIDOS
De una parte, Dña. Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad y Directora
General del Servicio Madrileño de Salud, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de
noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño
de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del
Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por
el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Y de otra, Dña. Laura Ruiz de Galarreta Barrera, mayor de edad, en nombre y representación de la Junta Provincial de Madrid de la Asociación Española Contra el Cáncer (en
adelante, AECC), con domicilio social en Madrid, Avenida Doctor Federico Rubio y Galí,
número 84, y NIF: G-28/197564; actúa en calidad de Presidenta, nombrada en virtud de
acuerdo adoptado por el Consejo Ejecutivo de la AECC, en sesión celebrada el día 22 de enero de 2018, cargo para el que fue ratificada en la reunión del Consejo Nacional, de 23 de
mayo de 2023.
Las partes se reconocen plena capacidad jurídica y de obrar para el otorgamiento del
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero
Que la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de
Madrid, en su artículo 2.3.b) recoge entre sus principios rectores la concepción integral del sistema sanitario, incluyendo la promoción de la salud, la educación sanitaria, la prevención, la
asistencia en caso de enfermedad, la rehabilitación, la investigación y la formación sanitaria.
Segundo
Que la Viceconsejería de Sanidad asume la superior dirección del Servicio Madrileño de
Salud, tal y como establece el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.a) del Decreto 24/2008, de 3 de
abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud tiene, entre otros fines, la atención integral de la salud de todos los ámbitos asistenciales.
El Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, recoge, en su artículo 2.h), la
competencia de la Dirección General Asistencial para para la propuesta, seguimiento y control de convenios.
El presente convenio se enmarca dentro de las competencias del Servicio Madrileño de
Salud y de la Comunidad de Madrid, en referencia al contenido mínimo que para los convenios establecen, tanto el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídi-
BOCM-20240917-34
Tercero