Pozuelo de Alarcón (BOCM-20240916-80)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 216
LUNES 16 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 221
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80
POZUELO DE ALARCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
En ejecución del acuerdo plenario correspondiente, a tenor de lo establecido en los artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
y 43.2 d) del Reglamento Orgánico del Pleno y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se anuncia que el Pleno, en
sesión de 18 de julio de 2024, ha aprobado inicialmente el expediente de modificación de
crédito UGP/2024/33, de Suplemento de Crédito (34/2024) y la exposición al público del
mismo mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Elevado a definitivo al no haberse formulado reclamaciones en el plazo de información pública,
se publica el resumido a nivel de capítulos afectados por dicha modificación.
PRESUPUESTO DE GASTOS
CAPÍTULO
CRÉDITOS TOTALES
MODIFICACIÓN
CRÉDITOS FINALES
1
GASTOS DE PERSONAL
52.712.073,27
—
52.712.073,27
2
GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS
63.841.895,38
4.700.045,42
68.541.940,80
3
GASTOS FINANCIEROS
4
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
5
FONDO DE CONTINGENCIA
6
INVERSIONES REALES
7
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
8
ACTIVOS FINANCIEROS
9
PASIVOS FINANCIEROS
763.314,87
—
763.314,87
5.597.339,28
—
5.597.339,28
208.733,62
TOTAL GASTOS
—
208.733,62
16.849.612,67
3.036.769,07
19.886.381,74
1.645.387,54
—
1.645.387,54
195.021,00
—
195.021,00
—
—
—
141.813.377,63
7.736.814,49
149.550.192,12
PRESUPUESTO DE INGRESOS
PREVISIONES DEFINITIVAS
MODIFICACIÓN
PREVISIONES FINALES
1
IMPUESTOS DIRECTOS
66.666.354,25
—
66.666.354,25
2
IMPUESTOS INDIRECTOS
10.731.079,09
—
10.731.079,09
3
TASAS Y OTROS INGRESOS
30.770.279,58
—
30.770.279,58
4
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
15.108.649,21
—
15.108.649,21
5
INGRESOS PATRIMONIALES
5.115.888,65
—
5.115.888,65
6
ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES
—
—
7
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
2.470.209,40
—
2.470.209,40
8
ACTIVOS FINANCIEROS
10.950.917,45
7.736.814,49
18.687.731,94
9
PASIVOS FINANCIEROS
—
—
—
141.813.377,63
7.736.814,49
149.550.192,12
TOTAL INGRESOS
—
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer directamente recurso contencioso-administrativo, a tenor de lo establecido en el
artículo 171 del mencionado Real Decreto Legislativo, en el plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente al de la publicación, como previene el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a tenor del artículo 10.1 a) y b) de la última de las leyes citadas, o cualquier otro que se estime procedente en
defensa de sus derechos. La interposición de recursos no suspenderá por sí sola la aplicación
de la modificación presupuestaria.
En Pozuelo de Alarcón, a 5 de septiembre de 2024.—El secretario general del Pleno,
Gonzalo Cerrillo Cruz.
(03/14.268/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240916-80
CAPÍTULO
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 216
LUNES 16 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 221
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80
POZUELO DE ALARCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
En ejecución del acuerdo plenario correspondiente, a tenor de lo establecido en los artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
y 43.2 d) del Reglamento Orgánico del Pleno y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se anuncia que el Pleno, en
sesión de 18 de julio de 2024, ha aprobado inicialmente el expediente de modificación de
crédito UGP/2024/33, de Suplemento de Crédito (34/2024) y la exposición al público del
mismo mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Elevado a definitivo al no haberse formulado reclamaciones en el plazo de información pública,
se publica el resumido a nivel de capítulos afectados por dicha modificación.
PRESUPUESTO DE GASTOS
CAPÍTULO
CRÉDITOS TOTALES
MODIFICACIÓN
CRÉDITOS FINALES
1
GASTOS DE PERSONAL
52.712.073,27
—
52.712.073,27
2
GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS
63.841.895,38
4.700.045,42
68.541.940,80
3
GASTOS FINANCIEROS
4
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
5
FONDO DE CONTINGENCIA
6
INVERSIONES REALES
7
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
8
ACTIVOS FINANCIEROS
9
PASIVOS FINANCIEROS
763.314,87
—
763.314,87
5.597.339,28
—
5.597.339,28
208.733,62
TOTAL GASTOS
—
208.733,62
16.849.612,67
3.036.769,07
19.886.381,74
1.645.387,54
—
1.645.387,54
195.021,00
—
195.021,00
—
—
—
141.813.377,63
7.736.814,49
149.550.192,12
PRESUPUESTO DE INGRESOS
PREVISIONES DEFINITIVAS
MODIFICACIÓN
PREVISIONES FINALES
1
IMPUESTOS DIRECTOS
66.666.354,25
—
66.666.354,25
2
IMPUESTOS INDIRECTOS
10.731.079,09
—
10.731.079,09
3
TASAS Y OTROS INGRESOS
30.770.279,58
—
30.770.279,58
4
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
15.108.649,21
—
15.108.649,21
5
INGRESOS PATRIMONIALES
5.115.888,65
—
5.115.888,65
6
ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES
—
—
7
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
2.470.209,40
—
2.470.209,40
8
ACTIVOS FINANCIEROS
10.950.917,45
7.736.814,49
18.687.731,94
9
PASIVOS FINANCIEROS
—
—
—
141.813.377,63
7.736.814,49
149.550.192,12
TOTAL INGRESOS
—
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer directamente recurso contencioso-administrativo, a tenor de lo establecido en el
artículo 171 del mencionado Real Decreto Legislativo, en el plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente al de la publicación, como previene el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a tenor del artículo 10.1 a) y b) de la última de las leyes citadas, o cualquier otro que se estime procedente en
defensa de sus derechos. La interposición de recursos no suspenderá por sí sola la aplicación
de la modificación presupuestaria.
En Pozuelo de Alarcón, a 5 de septiembre de 2024.—El secretario general del Pleno,
Gonzalo Cerrillo Cruz.
(03/14.268/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240916-80
CAPÍTULO