C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240916-40)
Concesión ayudas –  Orden 1633/2024, de 6 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se revocan ayudas concedidas mediante la Orden 1215/2024, de 26 de junio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se conceden ayudas en el año 2024 a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 221

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE SEPTIEMBRE DE 2024

Pág. 125

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
ORDEN 1633/2024, de 6 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte, por la que se revocan ayudas concedidas mediante la Orden 1215/2024,
de 26 de junio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se
conceden ayudas en el año 2024 a deportistas madrileños por participar en
competiciones deportivas oficiales.

Mediante Orden 1853/2016, de 9 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y
Deporte de la Comunidad de Madrid, se establecen las bases reguladoras de las ayudas a
deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales. La Orden 239/2024, de 8 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte aprobó la
convocatoria de dichas ayudas para el año 2024, para la mejora y perfeccionamiento de deportistas que destaquen por los resultados obtenidos en el año 2023, en su participación en
competiciones oficiales nacionales e internacionales de las distintas modalidades deportivas reconocidas, tanto de deportes individuales como de equipo.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte es el departamento de la Administración de la Comunidad de Madrid encargado de la propuesta y ejecución de la política del
Gobierno en materia de Deporte, correspondiendo a su titular, entre otras, las competencias relativas al desarrollo, coordinación y control de ejecución de las políticas públicas
del Gobierno en materia de Deporte, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería.
Por otro lado, el artículo 11.f) del citado Decreto atribuye a la Dirección General de
Deportes la competencia para proponer la concesión de subvenciones y ayudas públicas a
los deportistas y, en su caso, a técnicos deportivos o a otros colectivos del ámbito del deporte, y a las federaciones, clubes, asociaciones y demás entidades deportivas, en el ámbito material de competencias de la dirección general.
Una de las manifestaciones clásicas de la actividad de fomento es la concesión de ayudas que, en este caso, se configura como un instrumento básico de apoyo para la mejora y
perfeccionamiento de deportistas en el desarrollo de su actividad deportiva. La Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, dispone que el órgano competente para conceder subvenciones son los consejeros en el ámbito de la consejería correspondiente y de los órganos de gestión sin personalidad jurídica dependientes de ella.
El apartado quinto de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, prevé la delegación en el titular de la Dirección General la revocación de subvenciones, cuando el importe de las mismas no supere los 150.000 euros.
Por Orden 1215/2024, de 26 de junio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte se conceden ayudas en el año 2024 a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales y se aprueba la relación de suplentes prevista en el apartado 7 de
la Orden 239/2024, anteriormente mencionada.
Con posterioridad a la concesión, y dentro del plazo de justificación establecido por la
Orden 239/2024, de 8 de febrero, y la Orden 1215/2024, de 26 de junio, ya citadas, se han
producido las siguientes incidencias:
— El certificado emitido por la Federación Madrileña de Natación relativo a
D.a Giorgia Gallinato Raffaele (expediente 957) señala que “la beneficiaria no se
ha mantenido de alta en la federación, y que de acuerdo con la normativa federativa, no se encuentra habilitado para representar a la Comunidad de Madrid en
competiciones oficiales y en la Selección Española en caso de ser seleccionado”.
Por lo tanto no cumpliría con las condiciones de las letras a) y c) del apartado octavo.1
de la Orden 239/2024, 8 de febrero, y el apartado quinto de la Orden 1215 /2024, de 29 de
octubre, anteriormente citadas.

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