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Vías pecuarias –  Resolución de 26 de agosto de 2024, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Colada de la Pocha, en el término municipal de Navalagamella, para acometida de agua a la finca “La Constancia”, ubicada en la parcela 29, polígono 22 (referencia catastral 28095A022000290000ZP), actuación promovida por AA Güemes, S. L.
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 219

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
38

RESOLUCIÓN de 26 de agosto de 2024, del Director General de Agricultura,
Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Colada de la Pocha, en el término municipal de Navalagamella, para acometida de agua a la
finca “La Constancia”, ubicada en la parcela 29, polígono 22 (referencia catastral 28095A022000290000ZP), actuación promovida por AA Güemes, S. L.

Examinado el expediente 0348/24, de ocupación temporal de la vía pecuaria Colada
de la Pocha, en el término municipal de Navalagamella, se desprenden los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Con referencia 10/268684.9/24, tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias solicitud
de autorización de ocupación de la vía pecuaria Colada de la Pocha, en el término municipal de Navalagamella, para acometida de agua a la finca “La Constancia”, ubicada en la parcela 29, polígono 22 (referencia catastral 28095A022000290000ZP), actuación promovida
por AA Güemes, S. L.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 17 de junio, de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias
existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación
básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias).
Segundo
Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37 y 38 de
la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid y el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,
RESUELVE
Primero
Someter al trámite de información pública de un mes, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
el proyecto de ocupación del expediente 0348/24, de referencia.

Una vez publicada la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID, el proyecto podrá consultarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad
de Madrid, en la ruta http://www.comunidad.madrid/transparencia
DE

Tercero
Durante dicho plazo se podrán presentar las alegaciones que se estimen oportunas ante
la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en estas dependencias o en

BOCM-20240913-38

Segundo