Torrelodones (BOCM-20240913-67)
Régimen económico. Padrones fiscales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 219

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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TORRELODONES

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados que en las oficinas de Tesorería y Gestión Tributaria de este Ayuntamiento se encuentran expuestos al público los padrones fiscales y las
listas cobratorias del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y del impuesto
sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica, ejercicio 2024, aprobados por resolución de la
concejal-delegada de Hacienda, de fecha 21 de mayo de 2024 y 3 de septiembre de 2024,
respectivamente.
Esta exposición, al tratarse de tributos de cobro periódico por recibo, tiene el carácter de
notificación colectiva a la que hace referencia el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.
— Recursos: los interesados legítimos podrán examinar las listas cobratorias durante 15 días naturales contados a partir de la fecha de publicación, así como interponer contra las mismas, recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes desde el siguiente a la finalización del período de
exposición pública.
La interposición de recurso no detendrá la acción administrativa para el cobro a
menos que el interesado solicite, dentro del plazo para interponer el mismo, la
suspensión de la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 14.2.i) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales.
— Período de pago: asimismo, de conformidad con el calendario fiscal establecido
en el artículo 14 de la ordenanza general de gestión, recaudación e inspección, se
informa de que durante los días comprendidos entre el 16 de septiembre y el 15 de
noviembre de 2024, se pondrán al cobro en período voluntario los recibos correspondientes a los citados padrones.
— Remisión de recibos: el Ayuntamiento procederá a enviar al domicilio de cada
contribuyente los recibos correspondientes. En caso de extravío o no recepción del
recibo, el contribuyente deberá solicitar un duplicado del mismo a la Tesorería
municipal (teléfonos: 918 562 130 y 918 562 131) o podrá obtenerlo a través de
la sede electrónica del Ayuntamiento:
d https://sede.torrelodones.es/eAdmin/Sede.do (Oficina de Tributos).
Se advierte expresamente que la no recepción del recibo o recibos no exime de la obligación del pago de los mismos.
Este documento (aviso de pago) servirá como justificante de pago con la validación
mecánica o firma y sello autorizado de la entidad financiera.
Modalidades de ingreso:
— Entidades bancarias: los recibos correspondientes a dichos impuestos podrán
hacerse efectivos en cualquiera de las Oficinas de la Red de BBVA, Banco Santander, IberCaja, Banco Sabadell y Caixabank.
— Internet: a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Torrelodones:
https://torrelodones.tributoslocales.es (Oficina de Tributos).
Recibos domiciliados:
— Los recibos domiciliados se cargarán en las cuentas corrientes facilitadas por los
contribuyentes el día 15 de noviembre de 2024.
— Para la correcta gestión de los recibos domiciliados se recuerda la obligación de
mantener actualizados los datos bancarios (IBAN).
Transcurrido el plazo del ingreso en voluntaria, los recibos pendientes de pago devengarán un recargo del 5 % a partir del 16 de noviembre de 2024, antes de que le sea notifi-

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RÉGIMEN ECONÓMICO