Colmenarejo (BOCM-20240913-51)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 219
8. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean aquéllos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
A don Ramón Jesús Vázquez Alfonso, concejal-delegado de Juventud, Universidad,
Educación, Formación Profesional, Turismo, Comercio, Desarrollo Local, Empleo y Transportes, el ejercicio de las siguientes atribuciones en materia de:
Juventud:
1. Señalar las directrices generales en la materia delegada.
2. Hacer cumplir los bandos y órdenes emanados de la Alcaldía, las ordenanzas municipales y, en general, todas las disposiciones que afecten al municipio, dentro de las competencias delegadas.
3. Inspeccionar, fiscalizar y coordinar la actividad de los servicios a su cargo.
4. Dirigir la política municipal en materia de juventud, analizando y canalizando sus
necesidades y peticiones.
5. Gestión, coordinación y dirección de la Casa de la Juventud y sus actividades.
6. Dirección, inspección e impulso de los servicios delegados y formular propuestas
de resolución para su tramitación por la Alcaldía.
7. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
8. Gestión, supervisión de los espacios y recursos adscritos a la Concejalía de Juventud.
9. Desarrollar las iniciativas encomendadas a la Concejalía de Juventud.
10. La adopción de medidas provisionales que, según la Legislación de Procedimiento Administrativo Común, puedan adoptarse en ejercicio de las competencias delegadas.
11. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
12. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean aquéllos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
Universidad:
1. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de Universidades relacionada con esta Concejalía.
2. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean aquéllos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
Educación:
1. Colaborar con los centros educativos en todas aquellas actividades propuestas en
coordinación con las Ampas y los equipos directivos.
2. Participar activamente en los consejos escolares.
3. Velar por el mantenimiento adecuado de los centros educativos en coordinación
con los concejalías de Obras y Servicios.
4. Coordinar y realizar un seguimiento activo de todas aquellas propuestas en materia educativa vinculada con la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid.
5. Dirección, inspección e impulso de los servicios delegados y formular propuestas
de resolución para su tramitación por la Alcaldía.
6. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
7. Proponer, determinar y ejecutar las directrices de la política educativa del municipio, dentro de sus competencias, fomentando la escolarización de alumnos, el apoyo a la
educación y el mantenimiento de los centros educativos.
8. Desarrollar programas y actuaciones multidisciplinares a desarrollar en todos los
centros educativos, tanto de titularidad pública como privada.
9. Apoyar a la comunidad educativa mediante programas y proyectos que fomenten
10. las actividades educativas.
11. Estudio, desarrollo, ejecución y coordinación de Proyectos Educativos, Actividades Extraescolares, etc.
12. Seguimiento del programa municipal de apoyo y vigilancia de la escolarización
obligatoria.
13. Apoyar a los Centros educativos para mejora en la calidad de los servicios, con
becas, acuerdos de colaboración, etc.
BOCM-20240913-51
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 219
8. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean aquéllos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
A don Ramón Jesús Vázquez Alfonso, concejal-delegado de Juventud, Universidad,
Educación, Formación Profesional, Turismo, Comercio, Desarrollo Local, Empleo y Transportes, el ejercicio de las siguientes atribuciones en materia de:
Juventud:
1. Señalar las directrices generales en la materia delegada.
2. Hacer cumplir los bandos y órdenes emanados de la Alcaldía, las ordenanzas municipales y, en general, todas las disposiciones que afecten al municipio, dentro de las competencias delegadas.
3. Inspeccionar, fiscalizar y coordinar la actividad de los servicios a su cargo.
4. Dirigir la política municipal en materia de juventud, analizando y canalizando sus
necesidades y peticiones.
5. Gestión, coordinación y dirección de la Casa de la Juventud y sus actividades.
6. Dirección, inspección e impulso de los servicios delegados y formular propuestas
de resolución para su tramitación por la Alcaldía.
7. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
8. Gestión, supervisión de los espacios y recursos adscritos a la Concejalía de Juventud.
9. Desarrollar las iniciativas encomendadas a la Concejalía de Juventud.
10. La adopción de medidas provisionales que, según la Legislación de Procedimiento Administrativo Común, puedan adoptarse en ejercicio de las competencias delegadas.
11. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
12. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean aquéllos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
Universidad:
1. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de Universidades relacionada con esta Concejalía.
2. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean aquéllos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
Educación:
1. Colaborar con los centros educativos en todas aquellas actividades propuestas en
coordinación con las Ampas y los equipos directivos.
2. Participar activamente en los consejos escolares.
3. Velar por el mantenimiento adecuado de los centros educativos en coordinación
con los concejalías de Obras y Servicios.
4. Coordinar y realizar un seguimiento activo de todas aquellas propuestas en materia educativa vinculada con la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid.
5. Dirección, inspección e impulso de los servicios delegados y formular propuestas
de resolución para su tramitación por la Alcaldía.
6. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
7. Proponer, determinar y ejecutar las directrices de la política educativa del municipio, dentro de sus competencias, fomentando la escolarización de alumnos, el apoyo a la
educación y el mantenimiento de los centros educativos.
8. Desarrollar programas y actuaciones multidisciplinares a desarrollar en todos los
centros educativos, tanto de titularidad pública como privada.
9. Apoyar a la comunidad educativa mediante programas y proyectos que fomenten
10. las actividades educativas.
11. Estudio, desarrollo, ejecución y coordinación de Proyectos Educativos, Actividades Extraescolares, etc.
12. Seguimiento del programa municipal de apoyo y vigilancia de la escolarización
obligatoria.
13. Apoyar a los Centros educativos para mejora en la calidad de los servicios, con
becas, acuerdos de colaboración, etc.
BOCM-20240913-51
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