D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240913-23)
Depósito estatutos – Resolución de 27 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación empresarial denominada AELMA-Asociación de Empresarios de Limpieza de Madrid (número de depósito: 28002027)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 219
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 75
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
23
RESOLUCIÓN de 27 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación empresarial denominada AELMA-Asociación de Empresarios de Limpieza de Madrid (número de depósito: 28002027).
Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por D. Jesús
Martin López, en representación de la asociación empresarial denominada AELMA-Asociación de Empresarios de Limpieza de Madrid y teniendo en cuenta los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que la citada asociación presentó escrito, con registro de entrada 28/2024/000305 en
esta Oficina de Depósito de Estatutos, de 19 de agosto de 2024, por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.
Se adjunta Acta de la 46.a Asamblea General Ordinaria celebrada el 20 de mayo de 2024,
firmada por el Secretario, con el visto bueno del Presidente, por la que se adopta el acuerdo
de modificación de los estatutos de la asociación. Se adjunta, asimismo, el texto íntegro de los
nuevos estatutos.
En particular, se modifica el artículo 8 añadiendo dos nuevos apartados, en uno de los
cuales se incluyen los fines laborales que identifican a las asociaciones profesionales. Se
modifican también los artículos 12 y 30.
Segundo
Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical, y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de
estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales que la desarrolla.
A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud,
de conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de
Asociación Sindical; Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las
organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de
abril, y Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la
Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.
Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que la modificación de los estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 7.2 del Real Decreto 416/2015,
de 29 de mayo, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.3 de la citada disposición
reglamentaria.
Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo,
BOCM-20240913-23
Segundo
B.O.C.M. Núm. 219
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 75
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23
RESOLUCIÓN de 27 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación empresarial denominada AELMA-Asociación de Empresarios de Limpieza de Madrid (número de depósito: 28002027).
Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por D. Jesús
Martin López, en representación de la asociación empresarial denominada AELMA-Asociación de Empresarios de Limpieza de Madrid y teniendo en cuenta los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que la citada asociación presentó escrito, con registro de entrada 28/2024/000305 en
esta Oficina de Depósito de Estatutos, de 19 de agosto de 2024, por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.
Se adjunta Acta de la 46.a Asamblea General Ordinaria celebrada el 20 de mayo de 2024,
firmada por el Secretario, con el visto bueno del Presidente, por la que se adopta el acuerdo
de modificación de los estatutos de la asociación. Se adjunta, asimismo, el texto íntegro de los
nuevos estatutos.
En particular, se modifica el artículo 8 añadiendo dos nuevos apartados, en uno de los
cuales se incluyen los fines laborales que identifican a las asociaciones profesionales. Se
modifican también los artículos 12 y 30.
Segundo
Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical, y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de
estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales que la desarrolla.
A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud,
de conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de
Asociación Sindical; Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las
organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de
abril, y Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la
Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.
Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que la modificación de los estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 7.2 del Real Decreto 416/2015,
de 29 de mayo, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.3 de la citada disposición
reglamentaria.
Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo,
BOCM-20240913-23
Segundo