C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (BOCM-20240912-18)
Personal control espectáculos públicos –  Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Dirección General de Seguridad, por la que se aprueban y se hacen públicos los listados provisionales de admitidos a las pruebas para la obtención del Certificado Acreditativo del Personal de Control de Acceso a Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 218

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE SEPTIEMBRE DE 2024

Pág. 73

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
AGENCIA DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS MADRID 112
18

RESOLUCIÓN de 12 de agosto de 2024, de la Dirección General de Seguridad,
por la que se aprueban y se hacen públicos los listados provisionales de admitidos a las pruebas para la obtención del Certificado Acreditativo del Personal de
Control de Acceso a Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

De conformidad con lo establecido en el artículo 5.1 de la Orden de 14 de enero de 2009,
de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las bases generales de las pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de
acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de enero), y el apartado quinto de la Orden 669/2024, de 22 de
febrero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se convocan pruebas selectivas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control
de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de marzo),
RESUELVO
Primero
Aprobar y hacer públicos los listados provisionales de aspirantes admitidos a las citadas
pruebas que se adjunta como Anexo I.
Segundo
Aprobar y publicar los listados provisionales de aspirantes no admitidos, hasta la subsanación de las deficiencias establecidas en el mismo, y de aspirantes excluidos, que se incorporan como Anexo II a esta Resolución. De conformidad con el artículo 68 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, los aspirantes no admitidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución, para la
subsanación de los defectos detectados.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 3 de las bases generales, quedan excluidos
sin posibilidad de subsanación todos los aspirantes que en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes para participar en esta convocatoria tengan antecedentes
penales no cancelados.
Igualmente, y en aplicación del Resuelvo Cuarto, apartado 4 de la Orden 669/2024, de 22
de febrero, quedan excluidos sin posibilidad de subsanación los aspirantes que no hayan
justificado el pago íntegro de la tasa por derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Orden de 14 de enero de 2009,
de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior anteriormente citada, los aspirantes que
no figuren en el listado provisional de admitidos, y que no se hallen incursos en alguna de
las causas de exclusión, podrán dirigirse al Tribunal Calificador, sito en la sede del Área de
Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Dirección General de Seguridad (calle Princesa, n.o 5, 1.a planta), para conocer las causas de su no admisión y dispondrán de
un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución, a fin de subsanar, en su caso, el defecto que haya motivado su no inclusión expresa, de conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

BOCM-20240912-18

Tercero