Meco (BOCM-20240912-49)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 218
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 129
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
49
MECO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20240912-49
Resolución 1803/2024, de 3 de septiembre, por la que se atribuye la delegación de
competencias de Alcaldía en la Junta de Gobierno Local.
Considerando la resolución de Alcaldía 1632/2024, de 1 de agosto (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 195, de 16 de agosto de 2024), por la que se revocan por esta Alcaldía algunas de sus competencias en la Junta de Gobierno Local.
Estudiadas las necesidades de los diferentes departamentos municipales y la necesidad
de contar con una administración eficaz, eficiente, ágil y dirigida al ciudadano.
De conformidad con las competencias otorgadas por el artículo 21.1 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, resuelvo:
Primero.—Atribuir la delegación de competencias del alcalde en la Junta de Gobierno
Local.
Segundo.—Notificar el presente acuerdo a los miembros de la Junta de Gobierno Local y dar traslado a los distintos departamentos municipales.
Tercero.—Publíquese el presente acuerdo en el tablón de anuncios alojado en la sede
electrónica del Ayuntamiento de Meco y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Cuarto.—Dar cuenta de la presente resolución en el próximo Pleno.
En Meco, a 3 de septiembre de 2024.—El alcalde-presidente, Pedro Luis Sanz Carlavilla.
(03/14.146/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 218
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JUEVES 12 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 129
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
49
MECO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20240912-49
Resolución 1803/2024, de 3 de septiembre, por la que se atribuye la delegación de
competencias de Alcaldía en la Junta de Gobierno Local.
Considerando la resolución de Alcaldía 1632/2024, de 1 de agosto (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 195, de 16 de agosto de 2024), por la que se revocan por esta Alcaldía algunas de sus competencias en la Junta de Gobierno Local.
Estudiadas las necesidades de los diferentes departamentos municipales y la necesidad
de contar con una administración eficaz, eficiente, ágil y dirigida al ciudadano.
De conformidad con las competencias otorgadas por el artículo 21.1 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, resuelvo:
Primero.—Atribuir la delegación de competencias del alcalde en la Junta de Gobierno
Local.
Segundo.—Notificar el presente acuerdo a los miembros de la Junta de Gobierno Local y dar traslado a los distintos departamentos municipales.
Tercero.—Publíquese el presente acuerdo en el tablón de anuncios alojado en la sede
electrónica del Ayuntamiento de Meco y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Cuarto.—Dar cuenta de la presente resolución en el próximo Pleno.
En Meco, a 3 de septiembre de 2024.—El alcalde-presidente, Pedro Luis Sanz Carlavilla.
(03/14.146/24)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791