B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20240912-10)
Nombramiento – Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo y se procede a declarar la exclusión de aspirantes por incumplimiento de requisitos en la categoría de Óptico Optometrista (Personal Sanitario, Grupo A, Subgrupo A2) del Servicio Madrileño de Salud
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 218
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 41
Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General en virtud de las competencias
que tiene atribuidas en el Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud,
RESUELVE
Primero
Nombrar personal estatutario fijo como Óptico Optometrista (Personal Sanitario, Grupo A, Subgrupo A2) del Servicio Madrileño de Salud a los aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo y acreditado documentalmente los requisitos exigidos en la convocatoria, se les ha asignado plaza según se relacionan en el Anexo I adjunto a esta
Resolución.
Segundo
Los aspirantes nombrados dispondrán de un plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para efectuar la toma de posesión que se llevará a efecto en las Unidades
de Personal del Centro correspondiente a la plaza adjudicada, quedando condicionada a la
obtención del preceptivo certificado de capacidad funcional favorable del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales correspondiente, en el caso de que no haya sido emitido dentro del plazo fijado para la toma de posesión.
Tercero
Cuando un aspirante no tome posesión de la plaza que se le hubiese adjudicado en el
plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de su participación en el concursooposición, salvo que se deba a causa justificada así apreciada por la Dirección General de
Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud.
Cuarto
BOCM-20240912-10
Declarar la exclusión en el proceso selectivo por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Óptico-Optometrista, convocado por
Resolución de 5 de diciembre de 2022, por el Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de diciembre), a los aspirantes Dña. Irene Altemir Gómez, con DNI ***8746**, y D. Rubén Hernández Vian, con DNI ***8937**, por
incumplir el requisito exigido en la base cuarta de la convocatoria en su apartado 4.1.6.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Sanidad y Dirección General del SERMAS en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin
perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus
intereses a través del siguiente enlace https://sede.comunidad.madrid/denuncias-reclamacionesrecursos/recurso-alzada-sanidad.
Madrid, a 2 de septiembre de 2024.—El Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Miguel Ángel Rodríguez Roiloa.
B.O.C.M. Núm. 218
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 41
Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General en virtud de las competencias
que tiene atribuidas en el Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud,
RESUELVE
Primero
Nombrar personal estatutario fijo como Óptico Optometrista (Personal Sanitario, Grupo A, Subgrupo A2) del Servicio Madrileño de Salud a los aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo y acreditado documentalmente los requisitos exigidos en la convocatoria, se les ha asignado plaza según se relacionan en el Anexo I adjunto a esta
Resolución.
Segundo
Los aspirantes nombrados dispondrán de un plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para efectuar la toma de posesión que se llevará a efecto en las Unidades
de Personal del Centro correspondiente a la plaza adjudicada, quedando condicionada a la
obtención del preceptivo certificado de capacidad funcional favorable del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales correspondiente, en el caso de que no haya sido emitido dentro del plazo fijado para la toma de posesión.
Tercero
Cuando un aspirante no tome posesión de la plaza que se le hubiese adjudicado en el
plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de su participación en el concursooposición, salvo que se deba a causa justificada así apreciada por la Dirección General de
Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud.
Cuarto
BOCM-20240912-10
Declarar la exclusión en el proceso selectivo por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Óptico-Optometrista, convocado por
Resolución de 5 de diciembre de 2022, por el Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de diciembre), a los aspirantes Dña. Irene Altemir Gómez, con DNI ***8746**, y D. Rubén Hernández Vian, con DNI ***8937**, por
incumplir el requisito exigido en la base cuarta de la convocatoria en su apartado 4.1.6.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Sanidad y Dirección General del SERMAS en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin
perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus
intereses a través del siguiente enlace https://sede.comunidad.madrid/denuncias-reclamacionesrecursos/recurso-alzada-sanidad.
Madrid, a 2 de septiembre de 2024.—El Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Miguel Ángel Rodríguez Roiloa.