D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240911-39)
Convenio – Convenio de 28 de agosto de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y el Ayuntamiento de Estremera, para la adhesión de información relativa a su patrimonio de suelo disponible al Portal de Suelo de la Comunidad de Madrid
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 217
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 11 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 97
pectivos patrimonios públicos de suelo con la finalidad de crear reservas de suelo para actuaciones públicas y facilitar el cumplimiento de los fines de la ordenación urbanística.
Tercero
El Portal de Suelo de la Comunidad de Madrid (en adelante el Portal) es una herramienta informática integrada en la web comunidad.madrid , que se encuentra en funcionamiento desde el mes de julio de 2014 y en la que se pueden consultar los datos de las parcelas de titularidad pública disponibles en la Comunidad de Madrid, pertenecientes a la
Administración de la Comunidad de Madrid y Entidades Públicas adheridas. El Portal tiene como objetivo ofrecer una información unificada y crítica que responda a las necesidades de los promotores o inversores que estén interesados en la adquisición de suelo público en nuestra Región, en orden a que esta Administración autonómica pueda ofertar una
potente base de datos que permita que la Comunidad de Madrid se posicione como una de
las primeras opciones de implantación de actividades.
Esta herramienta reúne una gran cantidad de información que anteriormente se encontraba dispersa en los distintos organismos gestores de suelo público, es accesible en el enlace http://www.comunidad.madrid/inversion/inicia-desarrolla-tu-empresa/portal-suelo y sus
parámetros de búsqueda están diseñados para adecuarse a las necesidades de todos los profesionales, de forma que se pueda llegar de forma fácil y rápida al resultado que se busca.
Cuarto
El Portal cuenta con un servicio de atención especializada a los usuarios interesados que se ejerce de forma presencial, telefónica o mediante el buzón de correo corporativo dgsuelo@madrid.org , todo ello atendido por el equipo técnico del Área de Valoraciones y Patrimonio de la Subdirección General de Suelo de la Dirección General de
Suelo, remitiendo para consultas relacionadas con las convocatorias públicas de enajenación, a los distintos órganos gestores participantes, de forma que no interfiere en la disposición de los suelos que se muestran, al constituir únicamente un medio especializado
de información inmobiliaria.
Quinto
En este Portal, participa actualmente la Dirección General de Suelo de la Consejería
de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid.
Con el fin de encontrar una respuesta a las necesidades de suelo y en orden en mantener una colaboración en todas las iniciativas que pudieran demandar, la Comunidad de
Madrid ofrece a las Entidades Locales y organismos, empresas y resto de Entidades Públicas de ellas participadas o dependientes, titulares de patrimonio de suelo, la posibilidad, por
medio de la adhesión, de integrar su oferta de suelo disponible en el Portal.
De este modo, no solo al incluir el patrimonio de suelo disponible de las Administraciones Locales en el Portal se da mayor publicidad y difusión respecto a la situación de estas parcelas, sino que también las Entidades Locales ubicadas en el territorio de la Comunidad de Madrid pueden participar de las soluciones tecnológicas disponibles que
garanticen uno de los fines básicos de este tipo de información, como es el de la máxima
cobertura.
En relación con la cooperación interadministrativa, se ha tenido en cuenta el artículo 143
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que hace referencia a dicho principio y establece que la formalización de relaciones de cooperación requerirá la aceptación expresa de las partes, formulada en acuerdos de órganos de cooperación o en convenios.
Séptimo
La Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid,
en su artículo 112 establece los principios generales que han de regir las relaciones entre las
Entidades Locales y la Comunidad de Madrid: respeto a sus respectivas competencias, información recíproca de sus actuaciones respectivas, coordinación, asistencia y colaboración, y lealtad institucional y buena fe. Asimismo, la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Admi-
BOCM-20240911-39
Sexto
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 11 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 97
pectivos patrimonios públicos de suelo con la finalidad de crear reservas de suelo para actuaciones públicas y facilitar el cumplimiento de los fines de la ordenación urbanística.
Tercero
El Portal de Suelo de la Comunidad de Madrid (en adelante el Portal) es una herramienta informática integrada en la web comunidad.madrid , que se encuentra en funcionamiento desde el mes de julio de 2014 y en la que se pueden consultar los datos de las parcelas de titularidad pública disponibles en la Comunidad de Madrid, pertenecientes a la
Administración de la Comunidad de Madrid y Entidades Públicas adheridas. El Portal tiene como objetivo ofrecer una información unificada y crítica que responda a las necesidades de los promotores o inversores que estén interesados en la adquisición de suelo público en nuestra Región, en orden a que esta Administración autonómica pueda ofertar una
potente base de datos que permita que la Comunidad de Madrid se posicione como una de
las primeras opciones de implantación de actividades.
Esta herramienta reúne una gran cantidad de información que anteriormente se encontraba dispersa en los distintos organismos gestores de suelo público, es accesible en el enlace http://www.comunidad.madrid/inversion/inicia-desarrolla-tu-empresa/portal-suelo y sus
parámetros de búsqueda están diseñados para adecuarse a las necesidades de todos los profesionales, de forma que se pueda llegar de forma fácil y rápida al resultado que se busca.
Cuarto
El Portal cuenta con un servicio de atención especializada a los usuarios interesados que se ejerce de forma presencial, telefónica o mediante el buzón de correo corporativo dgsuelo@madrid.org , todo ello atendido por el equipo técnico del Área de Valoraciones y Patrimonio de la Subdirección General de Suelo de la Dirección General de
Suelo, remitiendo para consultas relacionadas con las convocatorias públicas de enajenación, a los distintos órganos gestores participantes, de forma que no interfiere en la disposición de los suelos que se muestran, al constituir únicamente un medio especializado
de información inmobiliaria.
Quinto
En este Portal, participa actualmente la Dirección General de Suelo de la Consejería
de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid.
Con el fin de encontrar una respuesta a las necesidades de suelo y en orden en mantener una colaboración en todas las iniciativas que pudieran demandar, la Comunidad de
Madrid ofrece a las Entidades Locales y organismos, empresas y resto de Entidades Públicas de ellas participadas o dependientes, titulares de patrimonio de suelo, la posibilidad, por
medio de la adhesión, de integrar su oferta de suelo disponible en el Portal.
De este modo, no solo al incluir el patrimonio de suelo disponible de las Administraciones Locales en el Portal se da mayor publicidad y difusión respecto a la situación de estas parcelas, sino que también las Entidades Locales ubicadas en el territorio de la Comunidad de Madrid pueden participar de las soluciones tecnológicas disponibles que
garanticen uno de los fines básicos de este tipo de información, como es el de la máxima
cobertura.
En relación con la cooperación interadministrativa, se ha tenido en cuenta el artículo 143
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que hace referencia a dicho principio y establece que la formalización de relaciones de cooperación requerirá la aceptación expresa de las partes, formulada en acuerdos de órganos de cooperación o en convenios.
Séptimo
La Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid,
en su artículo 112 establece los principios generales que han de regir las relaciones entre las
Entidades Locales y la Comunidad de Madrid: respeto a sus respectivas competencias, información recíproca de sus actuaciones respectivas, coordinación, asistencia y colaboración, y lealtad institucional y buena fe. Asimismo, la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Admi-
BOCM-20240911-39
Sexto