D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240910-40)
Plan especial infraestructuras – Acuerdo 66/2024, de 24 de julio, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del «Plan Especial de Infraestructuras de la línea eléctrica aérea y subterránea de alta tensión LASAT 220 kV Berrocales-Parla (REE)» en los municipios de Casarrubuelos, Cubas de la Sagra, Torrejón de la Calzada, Torrejón de Velasco y Parla, promovido por Nun Sun Power, S. L., y Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. U.
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BOCM
MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 216
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte:
— Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español. Subdirección
General de Patrimonio Histórico. Artículo 37.3 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo,
de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior:
— Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Subdirección General de Producción Agroalimentaria, Área de Vías Pecuarias. Artículo 25 de la
Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.
— Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal. Artículo 42 de la Ley
16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid.
— Canal de Isabel II, S. A., M. P. Artículo 189 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre,
del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Ministerio de Defensa:
— Dirección General de Infraestructuras. Subdirección General de Patrimonio. Artículo 27.1 del Real Decreto 369/2023, de 16 de mayo, por el que se regulan las
servidumbres aeronáuticas de protección de la navegación aérea.
Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras:
— Dirección General de Carreteras. Artículo 22 del Reglamento de la Ley 3/1991, de 7 de
marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid.
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local:
— Dirección General de Reequilibrio Territorial. Artículo 122.3 de la Ley 2/2003, de 11 de
marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Quinto
Dar traslado del expediente a los municipios afectados, que en el caso del presente Plan
Especial son el de Casarrubuelos, Cubas de la Sagra, Torrejón de la Calzada, Torrejón de
Velasco y Parla, para su conocimiento y audiencia, conforme a lo establecido en el artículo 25.7 del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real
Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, otorgándose al efecto un plazo de alegaciones de cuarenta y cinco días contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación.
Sexto
Consultar, de conformidad con lo indicado en el Documento de Alcance de fecha 20 de
junio de 2022, de la entonces Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, de manera simultánea a la solicitud de informes sectoriales, a las siguientes Administraciones públicas afectadas y personas interesadas, las cuales deberán pronunciarse durante el
plazo de treinta días hábiles, pudiendo consultar el documento en el portal institucional en la
ruta: https://www.comunidad.madrid/transparencia/normativa-planificacion/expedienteconsulta-exposicion-publica
— Dirección General de Urbanismo. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura.
— Área de Planificación y Gestión de Residuos de la Dirección General de Economía Circular. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
— Área de Vías Pecuarias de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
— Subdirección General de Política Agraria y Desarrollo Rural de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Agricultura.
— Dirección General de Carreteras. Consejería de Transportes e Infraestructuras.
— Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
— Área de Instalaciones Eléctricas. Subdirección General de Energía. Dirección General de Descarbonización y Transición Energética. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
— Área de Minas e Instalaciones de Seguridad. Subdirección General de Minas y Seguridad Industrial. D. G. de Promoción Económica e Industrial. Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo.
BOCM-20240910-40
Pág. 90
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 216
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte:
— Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español. Subdirección
General de Patrimonio Histórico. Artículo 37.3 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo,
de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior:
— Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Subdirección General de Producción Agroalimentaria, Área de Vías Pecuarias. Artículo 25 de la
Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.
— Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal. Artículo 42 de la Ley
16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid.
— Canal de Isabel II, S. A., M. P. Artículo 189 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre,
del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Ministerio de Defensa:
— Dirección General de Infraestructuras. Subdirección General de Patrimonio. Artículo 27.1 del Real Decreto 369/2023, de 16 de mayo, por el que se regulan las
servidumbres aeronáuticas de protección de la navegación aérea.
Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras:
— Dirección General de Carreteras. Artículo 22 del Reglamento de la Ley 3/1991, de 7 de
marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid.
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local:
— Dirección General de Reequilibrio Territorial. Artículo 122.3 de la Ley 2/2003, de 11 de
marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Quinto
Dar traslado del expediente a los municipios afectados, que en el caso del presente Plan
Especial son el de Casarrubuelos, Cubas de la Sagra, Torrejón de la Calzada, Torrejón de
Velasco y Parla, para su conocimiento y audiencia, conforme a lo establecido en el artículo 25.7 del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real
Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, otorgándose al efecto un plazo de alegaciones de cuarenta y cinco días contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación.
Sexto
Consultar, de conformidad con lo indicado en el Documento de Alcance de fecha 20 de
junio de 2022, de la entonces Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, de manera simultánea a la solicitud de informes sectoriales, a las siguientes Administraciones públicas afectadas y personas interesadas, las cuales deberán pronunciarse durante el
plazo de treinta días hábiles, pudiendo consultar el documento en el portal institucional en la
ruta: https://www.comunidad.madrid/transparencia/normativa-planificacion/expedienteconsulta-exposicion-publica
— Dirección General de Urbanismo. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura.
— Área de Planificación y Gestión de Residuos de la Dirección General de Economía Circular. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
— Área de Vías Pecuarias de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
— Subdirección General de Política Agraria y Desarrollo Rural de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Agricultura.
— Dirección General de Carreteras. Consejería de Transportes e Infraestructuras.
— Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
— Área de Instalaciones Eléctricas. Subdirección General de Energía. Dirección General de Descarbonización y Transición Energética. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
— Área de Minas e Instalaciones de Seguridad. Subdirección General de Minas y Seguridad Industrial. D. G. de Promoción Económica e Industrial. Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo.
BOCM-20240910-40
Pág. 90
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