D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240910-39)
Plan especial infraestructuras – Acuerdo 65/2024, de 24 de julio, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del «Plan Especial de Infraestructuras [PEI-PFOT-182] referente a la línea eléctrica a 220 kV Atanzón-SET Ardoz REE 220, en sus tramos “AP57-AP121” y “AP157-SET Ardoz REE 220» en los municipios de Anchuelo, Villalbilla, San Fernando de Henares y Torrejón de Ardoz, promovido por Bruma Solar, S. L. U.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 216
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 87
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte:
— Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español. Subdirección
General de Patrimonio Histórico. Artículo 37.3 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo,
de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior:
— Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Subdirección General de Producción Agroalimentaria, Área de Vías Pecuarias. Artículo 25 de la
Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.
— Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal. Artículo 42 de la Ley 16/1995,
de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid.
— Canal de Isabel II, S. A., M. P. Artículo 189 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre,
del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras:
— Dirección General de Carreteras. Artículo 22 del Reglamento de la Ley 3/1991, de 7 de
marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid.
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local:
— Dirección General de Reequilibrio Territorial. Artículo 122.3 de la Ley 2/2003, de 11 de
marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Sexto
Consultar, de conformidad con lo indicado en el Documento de Alcance de 31 de marzo
de 2022, de la entonces Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, de
manera simultánea a la solicitud de informes sectoriales, a las siguientes Administraciones
públicas afectadas y personas interesadas, las cuales deberán pronunciarse durante el plazo
de treinta días hábiles, pudiendo consultar el documento en el portal institucional en la ruta:
https://www.comunidad.madrid/transparencia/normativa-planificacion/expediente-consultaexposicion-publica
— Área de Vías Pecuarias de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
— Subdirección General de Política Agraria y Desarrollo Rural de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior.
— Dirección General de Carreteras. Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras.
— Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
— Subdirección General de Energía. Dirección General de Transición Energética y
Economía Circular. Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
— Área de Minas e Instalaciones de Seguridad. Subdirección General de Minas y Seguridad Industrial. D. G. de Promoción Económica e Industrial. Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo.
— Área de Prevención de Incendios del Cuerpo de Bomberos de la Dirección General de Emergencias. Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
— Subdirección General de Protección Civil de la Dirección General Protección
Civil. Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
— Área de Sanidad Ambiental. Subdirección General de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental de la Dirección General de Salud Pública. Consejería de Sanidad.
— Canal de Isabel II.
— Ayuntamiento de Anchuelo.
— Ayuntamiento de Villalbilla.
— Ayuntamiento de San Fernando de Henares.
— Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.
BOCM-20240910-39
Quinto
Dar traslado del expediente a los municipios afectados, que en el caso del presente Plan
Especial son los de Anchuelo, Villalbilla, San Fernando de Henares y Torrejón de Ardoz,
para su conocimiento y audiencia, conforme a lo establecido en el artículo 25.7 del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, otorgándose al efecto un plazo de alegaciones de cuarenta y
cinco días contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación.
B.O.C.M. Núm. 216
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 87
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte:
— Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español. Subdirección
General de Patrimonio Histórico. Artículo 37.3 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo,
de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior:
— Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Subdirección General de Producción Agroalimentaria, Área de Vías Pecuarias. Artículo 25 de la
Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.
— Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal. Artículo 42 de la Ley 16/1995,
de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid.
— Canal de Isabel II, S. A., M. P. Artículo 189 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre,
del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras:
— Dirección General de Carreteras. Artículo 22 del Reglamento de la Ley 3/1991, de 7 de
marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid.
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local:
— Dirección General de Reequilibrio Territorial. Artículo 122.3 de la Ley 2/2003, de 11 de
marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Sexto
Consultar, de conformidad con lo indicado en el Documento de Alcance de 31 de marzo
de 2022, de la entonces Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, de
manera simultánea a la solicitud de informes sectoriales, a las siguientes Administraciones
públicas afectadas y personas interesadas, las cuales deberán pronunciarse durante el plazo
de treinta días hábiles, pudiendo consultar el documento en el portal institucional en la ruta:
https://www.comunidad.madrid/transparencia/normativa-planificacion/expediente-consultaexposicion-publica
— Área de Vías Pecuarias de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
— Subdirección General de Política Agraria y Desarrollo Rural de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior.
— Dirección General de Carreteras. Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras.
— Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
— Subdirección General de Energía. Dirección General de Transición Energética y
Economía Circular. Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
— Área de Minas e Instalaciones de Seguridad. Subdirección General de Minas y Seguridad Industrial. D. G. de Promoción Económica e Industrial. Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo.
— Área de Prevención de Incendios del Cuerpo de Bomberos de la Dirección General de Emergencias. Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
— Subdirección General de Protección Civil de la Dirección General Protección
Civil. Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
— Área de Sanidad Ambiental. Subdirección General de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental de la Dirección General de Salud Pública. Consejería de Sanidad.
— Canal de Isabel II.
— Ayuntamiento de Anchuelo.
— Ayuntamiento de Villalbilla.
— Ayuntamiento de San Fernando de Henares.
— Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.
BOCM-20240910-39
Quinto
Dar traslado del expediente a los municipios afectados, que en el caso del presente Plan
Especial son los de Anchuelo, Villalbilla, San Fernando de Henares y Torrejón de Ardoz,
para su conocimiento y audiencia, conforme a lo establecido en el artículo 25.7 del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, otorgándose al efecto un plazo de alegaciones de cuarenta y
cinco días contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación.