B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240909-5)
Resolución proceso selectivo –  Resolución de 30 de agosto de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Titulado Superior, especialidad de Psicología General Sanitaria (Grupo I, Nivel 9, Área D) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 215

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2024

Pág. 25

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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RESOLUCIÓN de 30 de agosto de 2024, de la Dirección General de Función
Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de
empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría
profesional de Titulado Superior, especialidad de Psicología General Sanitaria
(Grupo I, Nivel 9, Área D) de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 465/2021, de 15 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda
y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 276, de 19 de noviembre), se convocaron pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de
empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de
Titulado Superior, especialidad de Psicología General Sanitaria (Grupo I, Nivel 9, Área D)
de la Comunidad de Madrid, cuyas plazas fueron objeto de ampliación mediante la Orden 871/2022, de 29 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 112, de 12 de mayo).
De conformidad con lo dispuesto en la base novena de la Orden 465/2021, de 15 de
octubre, anteriormente indicada y demás normativa de aplicación, una vez remitida por el
tribunal calificador la relación definitiva de personas aspirantes aprobadas en el referido
proceso selectivo, la Dirección General de Función Pública ha de dictar la correspondiente
resolución comprensiva de dicha relación, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo procederse por aquellas a la acreditación, en los términos previstos en la citada resolución, del cumplimiento de los requisitos de participación
establecidos en la señalada orden de convocatoria.
En virtud de cuanto antecede, este centro directivo, en uso de las atribuciones que tiene
conferidas,
RESUELVE
Primero
Declarar, a propuesta del tribunal calificador del mencionado proceso selectivo, que
han superado el mismo las personas aspirantes incluidas en la relación que se incorpora
como anexo de la presente resolución.
Segundo

A) Copia del DNI/NIE o equivalente y, en su caso, demás documentación que fuera
precisa a efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos de edad y nacionalidad, respectivamente.
B) Copia del título de Licenciado en Psicología o Grado en Psicología y Máster en
Psicología General Sanitaria.
En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar copia
de la credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de
equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.

BOCM-20240909-5

Con objeto de adquirir la condición de personal laboral, las personas aspirantes seleccionadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la
publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
para elegir destino y presentar la documentación que se indica, exigida en el apartado segundo de la base novena de la aludida Orden 465/2021, de 15 de octubre, así como en el
apartado primero de la base quinta de la Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la Consejería
de Hacienda y Función Pública, por la que se establecen los criterios generales que han de
regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del
personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad, dirigida a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, todo ello sin
perjuicio de lo establecido en el punto 2 de este apartado segundo: