Zarzalejo (BOCM-20240909-83)
Régimen económico. Padrones fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 208
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 215
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
83
ZARZALEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240909-83
Acuerdo de la Junta de Gobierno de 23 de agosto, de la entidad de Zarzalejo, por el
que se aprueban los padrones fiscales y las liquidaciones correspondientes del impuesto de
bienes inmuebles de naturaleza rústica y urbana y del de Actividades Económicas correspondiente al período 2024.
Habiéndose aprobado los padres fiscales y las liquidaciones integrantes de estos, a
efectos de su notificación colectiva, se publica para su general conocimiento en cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
Los padrones y las liquidaciones correspondientes se expondrán al público por un
plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en las dependencias de la Corporación, así como en su sede electrónica
( http://zarzalejo.sedelectronica.es ).
Contra el acto de aprobación de Los padrones y las liquidaciones correspondientes podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública, de acuerdo
con cuanto establece el artículo 14.2.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del 23 de septiembre al 30 de noviembre en la Oficina de Recaudación:
— Zarzalejo Pueblo, lunes de 9 a 13:30 horas (Ayuntamiento. Plaza de la Constitución, 1).
— Zarzalejo Estación, martes de 9 a 13:30 horas (Casa de la Cultura. Av. de la Estación, 63).
— Atención telefónica, miércoles a viernes, de 9 a 13:30 horas, 646 819 227.
zarzalejo@grupo-mcg.es
Fecha de cargo en cuenta el 30 de noviembre de 2024.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los
intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del
procedimiento de apremio.
Zarzalejo, a 28 de agosto de 2024.—El alcalde, Rafael Herranz Ventura.
(01/13.918/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Acuerdo de la Junta de Gobierno de 23 de agosto, de la entidad de Zarzalejo, por el
que se aprueban los padrones fiscales y las liquidaciones correspondientes del impuesto de
bienes inmuebles de naturaleza rústica y urbana y del de Actividades Económicas correspondiente al período 2024.
Habiéndose aprobado los padres fiscales y las liquidaciones integrantes de estos, a
efectos de su notificación colectiva, se publica para su general conocimiento en cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
Los padrones y las liquidaciones correspondientes se expondrán al público por un
plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en las dependencias de la Corporación, así como en su sede electrónica
( http://zarzalejo.sedelectronica.es ).
Contra el acto de aprobación de Los padrones y las liquidaciones correspondientes podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública, de acuerdo
con cuanto establece el artículo 14.2.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del 23 de septiembre al 30 de noviembre en la Oficina de Recaudación:
— Zarzalejo Pueblo, lunes de 9 a 13:30 horas (Ayuntamiento. Plaza de la Constitución, 1).
— Zarzalejo Estación, martes de 9 a 13:30 horas (Casa de la Cultura. Av. de la Estación, 63).
— Atención telefónica, miércoles a viernes, de 9 a 13:30 horas, 646 819 227.
zarzalejo@grupo-mcg.es
Fecha de cargo en cuenta el 30 de noviembre de 2024.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los
intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del
procedimiento de apremio.
Zarzalejo, a 28 de agosto de 2024.—El alcalde, Rafael Herranz Ventura.
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