Pinto (BOCM-20240909-76)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 200
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 215
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
76
PINTO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240909-76
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 12 de agosto de 2024, aprobó provisionalmente el expediente de la Ordenanza Fiscal número 2.21, reguladora de la tasa por el
mantenimiento del servicio de prevención y extinción de incendios y salvamentos en Pinto, y de su texto, cuyo acuerdo se encontrará expuesto en el tablón de anuncios de este
Ayuntamiento durante treinta días hábiles, como mínimo, contando como primer día el siguiente al de su colocación en el mismo, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Asimismo, se publicarán los correspondientes anuncios de exposición en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en un diario de los de mayor difusión de la Comunidad de Madrid, cumpliéndose, con todo ello, lo establecido en el artículo 17 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Pinto, a 26 de agosto de 2024.—El concejal-delegado de Hacienda, Mario Gutiérrez
Infantes.
(03/13.942/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 200
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 215
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
76
PINTO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240909-76
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 12 de agosto de 2024, aprobó provisionalmente el expediente de la Ordenanza Fiscal número 2.21, reguladora de la tasa por el
mantenimiento del servicio de prevención y extinción de incendios y salvamentos en Pinto, y de su texto, cuyo acuerdo se encontrará expuesto en el tablón de anuncios de este
Ayuntamiento durante treinta días hábiles, como mínimo, contando como primer día el siguiente al de su colocación en el mismo, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Asimismo, se publicarán los correspondientes anuncios de exposición en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en un diario de los de mayor difusión de la Comunidad de Madrid, cumpliéndose, con todo ello, lo establecido en el artículo 17 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Pinto, a 26 de agosto de 2024.—El concejal-delegado de Hacienda, Mario Gutiérrez
Infantes.
(03/13.942/24)
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ISSN 1989-4791