San Lorenzo de El Escorial (BOCM-20240909-81)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 215
LUNES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 205
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
81
SAN LORENZO DE EL ESCORIAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 29 de agosto de 2024, por el
que se aprueban las bases generales de la segunda convocatoria de becas a deportistas, ejercicio 2024.
BDNS (Identif.): 783231
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index ):
1.o
Beneficiarios.
a) No podrán acceder a esta ayuda los deportistas que se hayan beneficiado de estas
becas en la primera convocatoria.
b) Podrán optar a las subvenciones reguladas en las presentes bases, los deportistas
con ficha federativa en vigor en deportes individuales y que no sean profesionales.
c) Se considera deportista a aquel cuyos méritos se hayan logrado a través de la práctica de una modalidad deportiva organizada por una de las federaciones reconocidas por el Consejo Superior de Deportes o de la Comunidad de Madrid pero certificada por la correspondiente federación.
d) Estar empadronado en San Lorenzo de El Escorial con fecha anterior al 1 de enero
de 2024.
e) Estar entre los 3 primeros puestos autonómicos en su deporte y categoría, o estar
entre los 10 primeros puestos Nacionales, Europeos o Mundiales, entre el 1 de
abril del 2023 y el 31 de marzo del 2024. Estas clasificaciones se entenderán a nivel individual o por relevos, no contabilizándose la de por equipos.
Para el último requisito se deberá presentar un certificado oficial de la federación
correspondiente acreditando el puesto.
Los beneficiarios de estas ayudas quedarán obligados a:
2.o Objeto.—Las ayudas que se exponen en las presentes bases tienen por finalidad
fomentar y colaborar en su participación en competiciones de alto nivel.
Estas ayudas irán destinadas a los gastos realizados por desplazamientos a competiciones, material deportivo y gastos de entrenamiento y participación en competiciones durante el año 2024.
3.o Bases reguladoras.—Las bases reguladoras fueron aprobadas por la Junta de Gobierno Local de 29 de agosto de 2024 y se pueden consultar en la página web municipal
( www.aytosanlorenzo.es ).
4.o Cuantía.—La cuantía total máxima de todas las ayudas a otorgar en esta segunda convocatoria es de 558,91 euros en concepto de subvenciones con cargo a los créditos
disponibles del Programa 3400-48000 del presupuesto del ejercicio 2024.
BOCM-20240909-81
a) Realizar la actividad para la que se concedió la ayuda.
b) Acreditar ante la Concejalía de Deportes la realización de la actividad, así como
que reúne todos los requisitos establecidos en esta convocatoria.
c) Presentar los justificantes de la ayuda previamente al cobro de la misma.
d) Someterse a las correspondientes actuaciones de comprobación por parte del M. I.
Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial así como de cualquier otro organismo que sea competente para ello.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 215
LUNES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 205
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
81
SAN LORENZO DE EL ESCORIAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 29 de agosto de 2024, por el
que se aprueban las bases generales de la segunda convocatoria de becas a deportistas, ejercicio 2024.
BDNS (Identif.): 783231
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index ):
1.o
Beneficiarios.
a) No podrán acceder a esta ayuda los deportistas que se hayan beneficiado de estas
becas en la primera convocatoria.
b) Podrán optar a las subvenciones reguladas en las presentes bases, los deportistas
con ficha federativa en vigor en deportes individuales y que no sean profesionales.
c) Se considera deportista a aquel cuyos méritos se hayan logrado a través de la práctica de una modalidad deportiva organizada por una de las federaciones reconocidas por el Consejo Superior de Deportes o de la Comunidad de Madrid pero certificada por la correspondiente federación.
d) Estar empadronado en San Lorenzo de El Escorial con fecha anterior al 1 de enero
de 2024.
e) Estar entre los 3 primeros puestos autonómicos en su deporte y categoría, o estar
entre los 10 primeros puestos Nacionales, Europeos o Mundiales, entre el 1 de
abril del 2023 y el 31 de marzo del 2024. Estas clasificaciones se entenderán a nivel individual o por relevos, no contabilizándose la de por equipos.
Para el último requisito se deberá presentar un certificado oficial de la federación
correspondiente acreditando el puesto.
Los beneficiarios de estas ayudas quedarán obligados a:
2.o Objeto.—Las ayudas que se exponen en las presentes bases tienen por finalidad
fomentar y colaborar en su participación en competiciones de alto nivel.
Estas ayudas irán destinadas a los gastos realizados por desplazamientos a competiciones, material deportivo y gastos de entrenamiento y participación en competiciones durante el año 2024.
3.o Bases reguladoras.—Las bases reguladoras fueron aprobadas por la Junta de Gobierno Local de 29 de agosto de 2024 y se pueden consultar en la página web municipal
( www.aytosanlorenzo.es ).
4.o Cuantía.—La cuantía total máxima de todas las ayudas a otorgar en esta segunda convocatoria es de 558,91 euros en concepto de subvenciones con cargo a los créditos
disponibles del Programa 3400-48000 del presupuesto del ejercicio 2024.
BOCM-20240909-81
a) Realizar la actividad para la que se concedió la ayuda.
b) Acreditar ante la Concejalía de Deportes la realización de la actividad, así como
que reúne todos los requisitos establecidos en esta convocatoria.
c) Presentar los justificantes de la ayuda previamente al cobro de la misma.
d) Someterse a las correspondientes actuaciones de comprobación por parte del M. I.
Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial así como de cualquier otro organismo que sea competente para ello.