Leganés (BOCM-20240906-44)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 213

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44

LEGANÉS
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20240906-44

En relación a las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para proyectos
educativos de participación, compensación e integración desarrollados durante el curso 2024-2025, dirigidas a asociaciones y federaciones educativas de Leganés cuyo ámbito
de actuación se desarrolla en centros de enseñanza reglada sostenidos con fondos públicos y
en centros públicos de enseñanzas no regladas de música y danza de Leganés, aprobadas en
Junta de Gobierno Local el 11 de junio de 2024, punto 12, cuyo extracto se publicó, en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 175, de 24 de julio de 2024, dicha
Junta, en sesión extraordinaria celebrada con fecha 28 de agosto de 2024, acordó lo siguiente:
Primero.—Aprobar la rectificación de los errores materiales de las bases reguladoras
de la convocatoria de subvenciones para proyectos educativos de participación, compensación e integración desarrollados durante el curso escolar 2024-2025, dirigidas a asociaciones y federaciones educativas de Leganés cuyo ámbito de actuación se desarrollas en centros de enseñanza reglada sostenidos con fondos públicos y en centros públicos de
enseñanzas no regladas de música y danza de Leganés (bases subvenciones Hipatia curso 2024-2025), en las siguientes bases y en el siguiente sentido:
— Base cuarta “Financiación”, en el punto 2 en los siguientes términos:
Donde dice: “La cuantía total máxima de las ayudas a otorgar es de 100.000 euros
en concepto de subvenciones, el primer 80 % con cargo a los créditos disponibles
y retenidos de la aplicación presupuestaria 07/3260/48901 del presupuesto del
ejercicio 2024 y el segundo 20 % con cargo a los créditos disponibles y retenidos
de la aplicación presupuestaria 07/3260/48901 del presupuesto del ejercicio 2025”.
Debe decir: “La cuantía total máxima de las ayudas a otorgar es de 99.998 euros en
concepto de subvenciones, el primer 80 % con cargo a los créditos disponibles y
retenidos de la aplicación presupuestaria 07/3260/48901 del presupuesto del ejercicio 2024 y el segundo 20 % con cargo a los créditos disponibles y retenidos de
la aplicación presupuestaria 07/3260/48901 del presupuesto del ejercicio 2025”.
— Base decimoprimera “Plazo y lugar de presentación”:
Donde dice: “El plazo de presentación será 1 de septiembre al 30 de septiembre
de 2024”.
Debe decir: “Establecer el período de presentación de solicitudes a partir del día
siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y hasta al 30 de septiembre de 2024”.
Segundo.—Publicar la rectificación y modificación de las bases reguladoras en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, tablón de anuncios y edictos electrónicos
en la dirección ( https://sede.leganes.org ) y en la sección de Educación de la página web
www.leganes.org
Leganés, a 4 de septiembre de 2024.—La concejala-delegada de Cultura, Educación e
Infancia, María Mercedes Neria Castellano.
(03/14.235/24)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791