B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240906-1)
Nombramiento –  Orden de 30 de agosto de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se procede a la corrección de la Orden de 19 de agosto de 2024, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Técnicos Auxiliares, Especialidad Obras Públicas, de Administración Especial, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 213

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
1

ORDEN de 30 de agosto de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se procede a la corrección de la Orden de 19 de agosto de 2024,
por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Técnicos Auxiliares, Especialidad Obras Públicas, de Administración Especial, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid.

Advertido error material en el Anexo de la Orden de 19 de agosto de 2024, de la Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de
Técnicos Auxiliares, Especialidad Obras Públicas, de Administración Especial, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de
28 de agosto), y en virtud de lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 2.b) del Decreto 74/1988, de 23
de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad de Madrid, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas
en materia de personal,
DISPONGO
Primero
Proceder a la publicación de un nuevo anexo de la citada Orden, que sustituye al anteriormente publicado.
Segundo

BOCM-20240906-1

Conceder un nuevo plazo para adquirir la condición de personal funcionario de carrera, de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las personas aspirantes relacionadas en el nuevo anexo comparezcan en la Dirección General de Recursos Humanos, en
los términos establecidos en los apartados segundo y tercero de la citada Orden de 19 de
agosto de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a la publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso
que se estime procedente interponer. Todo ello, conforme a lo dispuesto en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Dado en Madrid, a 30 de agosto de 2024.—La Consejera de Economía, Hacienda y
Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 7 de mayo de 2024), la Directora General de Recursos Humanos, María Belén
Anaut Escudero.