D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240906-16)
Convenio – Convenio de 20 de agosto de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y el Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 213
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 95
CLÁUSULAS
Primera
Objeto y finalidad
El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y el Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón para informar, orientar y apoyar en la inscripción de candidatos, ocupados y desempleados, en el procedimiento de acreditación de las competencias
profesionales adquiridas por la experiencia profesional u otras vías no formales e informales en la Comunidad de Madrid.
La finalidad última que se persigue con la suscripción de este convenio es facilitar la
participación en el procedimiento de acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia profesional u otras vías de formación no formal e informal como
un elemento esencial para la mejora de la cualificación de la población activa.
Segunda
Obligaciones del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón
BOCM-20240906-16
Para garantizar el cumplimiento del objeto de este convenio, el Ayuntamiento de
Villaviciosa de Odón, se compromete a llevar a cabo las siguientes actuaciones:
a) Informar a los ciudadanos sobre la existencia del procedimiento de acreditación de
las competencias profesionales adquiridas por la experiencia profesional u otras
vías no formales e informales.
b) Orientar a las personas interesadas acerca de los requisitos exigibles para presentar una solicitud de participación en el procedimiento, las fases del procedimiento, cómo se desarrollan, sus derechos y obligaciones, las acreditaciones oficiales
que pueden obtener y los efectos de las mismas.
c) Apoyar y ayudar en su inscripción en el procedimiento, a través de medios electrónicos o de cualquier otro medio previsto en la normativa vigente.
d) Facilitar modelos y ejemplos de la documentación necesaria para presentar la solicitud de inscripción.
e) Revisar la documentación de las personas interesadas que desean presentar una
solicitud de inscripción en el procedimiento.
f) Aportar los medios materiales, medios personales de su plantilla, infraestructura,
espacios adecuados y necesarios para la consecución de los fines recogidos en el
presente convenio, en relación con las tareas de información, orientación y ayuda
a la inscripción del número de personas previstas en el convenio.
g) Justificar la realización de la actividad y el número de candidatos informados y
orientados inscritos en el procedimiento, conforme a las Instrucciones relativas a
la justificación económica y técnica del Plan de Modernización de la Formación
Profesional “PCT” Mecanismo de Recuperación y Resiliencia facilitadas por la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid y aquellas otras que resulten de aplicación en su ámbito de actuación.
h) Cumplir con el principio de no causar un perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales según lo establecido en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852.
i) Cumplir con las obligaciones relativas a la prevención de conflictos de intereses,
del fraude, de la corrupción y de la doble financiación, previstas en el Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021,
por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
B.O.C.M. Núm. 213
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 95
CLÁUSULAS
Primera
Objeto y finalidad
El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y el Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón para informar, orientar y apoyar en la inscripción de candidatos, ocupados y desempleados, en el procedimiento de acreditación de las competencias
profesionales adquiridas por la experiencia profesional u otras vías no formales e informales en la Comunidad de Madrid.
La finalidad última que se persigue con la suscripción de este convenio es facilitar la
participación en el procedimiento de acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia profesional u otras vías de formación no formal e informal como
un elemento esencial para la mejora de la cualificación de la población activa.
Segunda
Obligaciones del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón
BOCM-20240906-16
Para garantizar el cumplimiento del objeto de este convenio, el Ayuntamiento de
Villaviciosa de Odón, se compromete a llevar a cabo las siguientes actuaciones:
a) Informar a los ciudadanos sobre la existencia del procedimiento de acreditación de
las competencias profesionales adquiridas por la experiencia profesional u otras
vías no formales e informales.
b) Orientar a las personas interesadas acerca de los requisitos exigibles para presentar una solicitud de participación en el procedimiento, las fases del procedimiento, cómo se desarrollan, sus derechos y obligaciones, las acreditaciones oficiales
que pueden obtener y los efectos de las mismas.
c) Apoyar y ayudar en su inscripción en el procedimiento, a través de medios electrónicos o de cualquier otro medio previsto en la normativa vigente.
d) Facilitar modelos y ejemplos de la documentación necesaria para presentar la solicitud de inscripción.
e) Revisar la documentación de las personas interesadas que desean presentar una
solicitud de inscripción en el procedimiento.
f) Aportar los medios materiales, medios personales de su plantilla, infraestructura,
espacios adecuados y necesarios para la consecución de los fines recogidos en el
presente convenio, en relación con las tareas de información, orientación y ayuda
a la inscripción del número de personas previstas en el convenio.
g) Justificar la realización de la actividad y el número de candidatos informados y
orientados inscritos en el procedimiento, conforme a las Instrucciones relativas a
la justificación económica y técnica del Plan de Modernización de la Formación
Profesional “PCT” Mecanismo de Recuperación y Resiliencia facilitadas por la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid y aquellas otras que resulten de aplicación en su ámbito de actuación.
h) Cumplir con el principio de no causar un perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales según lo establecido en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852.
i) Cumplir con las obligaciones relativas a la prevención de conflictos de intereses,
del fraude, de la corrupción y de la doble financiación, previstas en el Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021,
por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.