Valdemanco (BOCM-20240905-43)
Régimen económico. Padrones fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 212
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 149
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43
VALDEMANCO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240905-43
Aprobados definitivamente por decreto de esta Alcaldía dictado con fecha 23 de agosto de 2024, los padrones y listas cobratorias de los tributos locales del impuesto de actividades económicas (IAE), tasa por recogida de residuos urbanos y tasa por entrada de
vehículos a través de las aceras (vados), referidos todos ellos al ejercicio de 2024, a efectos
tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos
a trámite de información pública, por medio del presente anuncio, se exponen al público en
el tablón municipal de edictos, por el plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se
estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones,
por convenientes, tengan.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://valdemanco.sedelectronica.es ).
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas
en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del término de exposición pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación,
aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario de los impuestos correspondientes al año 2024, en la oficina de recaudación del Ayuntamiento de Valdemanco, en
horario de lunes a viernes, de 8:00 a 15:00 horas, siendo el período voluntario de pago
del 1 de octubre de 2024 al 2 de diciembre de 2024.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se
iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de
los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.
Valdemanco, a 26 de agosto de 2024.—El alcalde-presidente, Luis Navarro García.
(01/13.777/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Aprobados definitivamente por decreto de esta Alcaldía dictado con fecha 23 de agosto de 2024, los padrones y listas cobratorias de los tributos locales del impuesto de actividades económicas (IAE), tasa por recogida de residuos urbanos y tasa por entrada de
vehículos a través de las aceras (vados), referidos todos ellos al ejercicio de 2024, a efectos
tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos
a trámite de información pública, por medio del presente anuncio, se exponen al público en
el tablón municipal de edictos, por el plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se
estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones,
por convenientes, tengan.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://valdemanco.sedelectronica.es ).
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas
en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del término de exposición pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación,
aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario de los impuestos correspondientes al año 2024, en la oficina de recaudación del Ayuntamiento de Valdemanco, en
horario de lunes a viernes, de 8:00 a 15:00 horas, siendo el período voluntario de pago
del 1 de octubre de 2024 al 2 de diciembre de 2024.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se
iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de
los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.
Valdemanco, a 26 de agosto de 2024.—El alcalde-presidente, Luis Navarro García.
(01/13.777/24)
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