Venturada (BOCM-20240905-44)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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BOCM
Pág. 150
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 212
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44
VENTURADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240905-44
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada en fecha 22 de agosto de 2024, acordó
aprobar inicialmente, y con carácter definitivo si durante el trámite de información pública
no se formulan reclamaciones, expediente de expediente de modificación de créditos 4/2024,
en la modalidad de crédito extraordinario financiados con cargo al remanente de Tesorería
gastos generales.
Lo que se somete a información pública, a los efectos y en cumplimiento de lo que prevé el artículo 177, en relación con el 169, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, TRLRHL, y artículo 38, en relación con el 20, del Real Decreto 500/1990, de 20 de
abril, por el que se desarrolla el capítulo I del título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, a fin de que, en el
término de quince días contados a partir del día siguiente al de la inserción de este edicto
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, los interesados a que se refiere el
artículo 170.1 de la citada Ley Reguladora de las Haciendas Locales puedan examinar el
expediente de referencia, que se encuentra de manifiesto en las dependencias de la Secretaría General y en la Intervención Municipal, y presentar, en su caso, las reclamaciones que
consideren oportunas ante el Pleno de la Corporación, por alguno de los motivos que se expresan en el artículo 170.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, TRLRHL.
En el caso de que no se formulen reclamaciones durante el período de exposición pública, el referido acuerdo plenario se considerará definitivo de conformidad con lo que dispone el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, TRLRHL.
Venturada, a 26 de agosto de 2024.—La alcaldesa, Carolina Folgueira Flores.
(03/13.766/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 212
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44
VENTURADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240905-44
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada en fecha 22 de agosto de 2024, acordó
aprobar inicialmente, y con carácter definitivo si durante el trámite de información pública
no se formulan reclamaciones, expediente de expediente de modificación de créditos 4/2024,
en la modalidad de crédito extraordinario financiados con cargo al remanente de Tesorería
gastos generales.
Lo que se somete a información pública, a los efectos y en cumplimiento de lo que prevé el artículo 177, en relación con el 169, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, TRLRHL, y artículo 38, en relación con el 20, del Real Decreto 500/1990, de 20 de
abril, por el que se desarrolla el capítulo I del título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, a fin de que, en el
término de quince días contados a partir del día siguiente al de la inserción de este edicto
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, los interesados a que se refiere el
artículo 170.1 de la citada Ley Reguladora de las Haciendas Locales puedan examinar el
expediente de referencia, que se encuentra de manifiesto en las dependencias de la Secretaría General y en la Intervención Municipal, y presentar, en su caso, las reclamaciones que
consideren oportunas ante el Pleno de la Corporación, por alguno de los motivos que se expresan en el artículo 170.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, TRLRHL.
En el caso de que no se formulen reclamaciones durante el período de exposición pública, el referido acuerdo plenario se considerará definitivo de conformidad con lo que dispone el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, TRLRHL.
Venturada, a 26 de agosto de 2024.—La alcaldesa, Carolina Folgueira Flores.
(03/13.766/24)
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ISSN 1989-4791