B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240905-1)
Puesto libre designación – Orden de 9 de agosto de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de conformidad con el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, por el procedimiento de Libre Designación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 212
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 7
Libre Designación, de puestos de trabajo de la Comunidad de Madrid reservados a personal funcionario de carrera no docente (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 15 de noviembre de 2011), así como por el resto de normativa que resulte de aplicación.
Tercero
Requisitos y condiciones de participación
1. Se recogen en el listado los requisitos indispensables que han de reunirse para el
desempeño del puesto de trabajo que se convoca, en cuanto a Administración de pertenencia, Grupo de clasificación profesional, Cuerpo, Escala y/o Especialidad y titulación específica exigida en su caso.
2. Podrán participar en este procedimiento los funcionarios que, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, se encuentren en servicio activo o quieran reingresar a dicha situación. El reingreso al servicio activo se efectuará con arreglo a lo dispuesto
en la normativa vigente y deberá ser manifestado expresamente en la solicitud. Podrán, asimismo, participar los funcionarios que, en la misma fecha, se encuentren en situación de
servicios especiales.
3. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por
agrupación familiar podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que desean reingresar al servicio activo.
4. Los funcionarios procedentes de la situación de suspenso deberán haber cumplido el período de suspensión.
5. Los requisitos y condiciones de participación expresados en este apartado han de
poseerse en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria y mantenerse hasta la
resolución del procedimiento.
Cuarto
Solicitudes
Quinto
Presentación y plazo
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 2, base segunda de la Orden 923/1989, de 20 de abril, las solicitudes se presentarán telemáticamente, dirigidas a la
Secretaría General Técnica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en el plazo de
quince días hábiles a contar desde la fecha de entrada en vigor de esta convocatoria, en el
Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid o en la forma establecida en el artículo 16
BOCM-20240905-1
1. Las solicitudes se presentarán telemáticamente, cumplimentando el modelo de
impreso normalizado de “Solicitud de provisión de puestos de trabajo” al que se accederá
desde la web: https://tramita.comunidad.madrid , adjuntándose a aquel la documentación
correspondiente que hubiera de aportarse.
En el caso de ser varias las plazas solicitadas, se indicará el orden de preferencia entre
las mismas.
2. Las solicitudes deberán ir acompañadas de un curriculum vitae, así como de la documentación acreditativa que se considere procedente a efectos de apreciar la idoneidad del
interesado para el desempeño del puesto.
3. Los funcionarios de otras Administraciones Públicas que soliciten alguno de los
puestos convocados, incluidos aquellos que estén ocupando un puesto de trabajo de forma
provisional en la Comunidad de Madrid, deberán adjuntar a su solicitud el Anexo que
acompaña a la presente Orden, debidamente cumplimentado y firmado por el titular del órgano encargado del Registro de Personal de su Administración de origen.
4. Los Certificados de Registro de Personal de los interesados relativos a su situación y destinos en la Comunidad de Madrid serán emitidos de conformidad con lo previsto
en la Resolución de 27 de octubre de 2011 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 15 de noviembre), de la Directora General de Presupuestos y Recursos Humanos, por la que se dictan instrucciones para la emisión de los certificados de Registro de Personal en los procedimientos de provisión, por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre
Designación, de puestos de trabajo de la Comunidad de Madrid reservados a personal funcionario de carrera no docente, sin que deban ser solicitados ni aportados por el interesado.
B.O.C.M. Núm. 212
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 7
Libre Designación, de puestos de trabajo de la Comunidad de Madrid reservados a personal funcionario de carrera no docente (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 15 de noviembre de 2011), así como por el resto de normativa que resulte de aplicación.
Tercero
Requisitos y condiciones de participación
1. Se recogen en el listado los requisitos indispensables que han de reunirse para el
desempeño del puesto de trabajo que se convoca, en cuanto a Administración de pertenencia, Grupo de clasificación profesional, Cuerpo, Escala y/o Especialidad y titulación específica exigida en su caso.
2. Podrán participar en este procedimiento los funcionarios que, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, se encuentren en servicio activo o quieran reingresar a dicha situación. El reingreso al servicio activo se efectuará con arreglo a lo dispuesto
en la normativa vigente y deberá ser manifestado expresamente en la solicitud. Podrán, asimismo, participar los funcionarios que, en la misma fecha, se encuentren en situación de
servicios especiales.
3. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por
agrupación familiar podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que desean reingresar al servicio activo.
4. Los funcionarios procedentes de la situación de suspenso deberán haber cumplido el período de suspensión.
5. Los requisitos y condiciones de participación expresados en este apartado han de
poseerse en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria y mantenerse hasta la
resolución del procedimiento.
Cuarto
Solicitudes
Quinto
Presentación y plazo
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 2, base segunda de la Orden 923/1989, de 20 de abril, las solicitudes se presentarán telemáticamente, dirigidas a la
Secretaría General Técnica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en el plazo de
quince días hábiles a contar desde la fecha de entrada en vigor de esta convocatoria, en el
Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid o en la forma establecida en el artículo 16
BOCM-20240905-1
1. Las solicitudes se presentarán telemáticamente, cumplimentando el modelo de
impreso normalizado de “Solicitud de provisión de puestos de trabajo” al que se accederá
desde la web: https://tramita.comunidad.madrid , adjuntándose a aquel la documentación
correspondiente que hubiera de aportarse.
En el caso de ser varias las plazas solicitadas, se indicará el orden de preferencia entre
las mismas.
2. Las solicitudes deberán ir acompañadas de un curriculum vitae, así como de la documentación acreditativa que se considere procedente a efectos de apreciar la idoneidad del
interesado para el desempeño del puesto.
3. Los funcionarios de otras Administraciones Públicas que soliciten alguno de los
puestos convocados, incluidos aquellos que estén ocupando un puesto de trabajo de forma
provisional en la Comunidad de Madrid, deberán adjuntar a su solicitud el Anexo que
acompaña a la presente Orden, debidamente cumplimentado y firmado por el titular del órgano encargado del Registro de Personal de su Administración de origen.
4. Los Certificados de Registro de Personal de los interesados relativos a su situación y destinos en la Comunidad de Madrid serán emitidos de conformidad con lo previsto
en la Resolución de 27 de octubre de 2011 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 15 de noviembre), de la Directora General de Presupuestos y Recursos Humanos, por la que se dictan instrucciones para la emisión de los certificados de Registro de Personal en los procedimientos de provisión, por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre
Designación, de puestos de trabajo de la Comunidad de Madrid reservados a personal funcionario de carrera no docente, sin que deban ser solicitados ni aportados por el interesado.