Alcorcón (BOCM-20240903-51)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE SEPTIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 210

B. Fase de concurso:
Únicamente se valorará la fase de concurso a aquellos/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición. Se valorará la experiencia desempeñando funciones profesionales
propias y correspondientes al ámbito de la arquitectura técnica, así como su formación académica y preparación para el desempeño de las funciones del puesto de trabajo al que aspire de acuerdo con lo que el aspirante haya declarado en su instancia de conformidad al baremo siguiente.
El resultado de la fase de concurso se hará público en la página web municipal.
La puntuación máxima de esta fase será de 30 puntos.
B.1. Antigüedad.
La puntuación máxima de este apartado será de 5 puntos.
— Por haber desempeñado Puestos de Trabajo como empleado público, a razón de 0,5
puntos por cada año completo o fracción superior a 6 meses, con un máximo de 5
puntos.
B.2. Experiencia profesional.
La puntuación máxima en este apartado serán 18 puntos.
— Por haber desempeñado puestos de trabajo con la categoría profesional de Arquitecto/a Técnico/a, como empleado/a público/a del grupo A2, a razón de 1,5 puntos por cada año completo.
— Por haber desempeñado puestos de trabajo con la categoría profesional de Arquitecto/a Técnico/a en empresa privada, a razón de 0,75 puntos por cada año completo.
B.3. Formación.
La puntuación máxima en este apartado serán 7 puntos.
B.3.1. Titulaciones oficiales.
Por acreditar titulaciones académicas superiores a la exigida, Máster universitario, Licenciatura, Ingenierías Superiores y Arquitectura Superior: 1 punto.
B.3.2. Coordinación de seguridad y salud.
Por acreditar formación específica y estar registrado como coordinador/a de seguridad y salud en obras: 0,5 puntos.
B.3.3. Cursos.
La suma conjunta de este apartado tendrá un máximo de 5,5 puntos. Se otorgarán 0,007 puntos por hora formativa acreditada en materias relacionadas con las
materias contenidas en la parte específica del temario, con la gestión administrativa y la contratación.
— Únicamente se valorarán aquellos cursos superados para los cuales se presente
un certificado de acreditación o diploma con el nombre del aspirante, fecha de
expedición y duración del mismo.
— Los cursos deberán tendrán una duración mínima acreditada al menos igual o
superior a 20 horas.
— En aquellos casos en que el título y la denominación de la actividad formativa
que figura en la documentación acreditativa no permita identificar nítidamente
el área o contenido formativo a que se refiere, la persona interesada deberá aportar el programa formativo.
— Los cursos susceptibles de valoración serán los cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos por el Ayuntamiento de Alcorcón y otras Administraciones Públicas, Centros o Entidades acogidos al Plan de Formación Continua
de las Administraciones Públicas o que cuenten con convenios de formación
con las Administraciones Públicas, los impartidos por Universidades o en colaboración con estas y por los Colegios Oficiales de Arquitectura/ Arquitectura
Técnica o las distintas Ingenierías.
— Los cursos relacionados con temas de Igualdad y Prevención de Riesgos Laborales genéricos se puntuarán hasta un máximo de 0,75 puntos. Los cursos de
Prevención de Riesgos Laborales cuyo contenido esté referido al puesto que se
convoca se puntuarán de forma general, no dentro de este apartado.

BOCM-20240903-51

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