C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20240903-30)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 104/2024, de la Consejería de Digitalización, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones dirigidas al desarrollo de casos de uso de inteligencia artificial aplicada a la industria, dentro del Programa de Redes Territoriales de Especialización Tecnológica en el marco del Componente 16 Reforma 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 154

MARTES 3 DE SEPTIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 210

nas empresas ”, del programa 928M, del centro gestor 070120000, haciendo constar que su
adjudicación, queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y
suficiente para financiar las obligaciones derivadas de esta orden, según lo recogido en el artículo 4.2 de la Orden de 23 de julio de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se regula el procedimiento a seguir en la tramitación anticipada de expedientes de gasto financiados con fondos provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación.
La subvención máxima por empresa beneficiaria para apoyar los gastos asociados al
proyecto será de 200.000 euros para la realización de una o más actuaciones subvencionables y deberá pertenecer a una categoría, subcategoría y temática siguientes:
CATEGORÍA

SUBCATEGORÍA

TEMÁTICA

Planificación integrada

Planificación

Predicción de la demanda

Operaciones y fabricación

Operaciones

Optimización de las operaciones

Simulaciones

Captura de datos en tiempo real

Optimización de procesos

Toma de decisiones inteligentes

Control de ejecución de trabajos

Gestión y control de subcontratistas y trabajos en curso

Sostenibilidad

Reducción de consumo energético

Empoderamiento de trabajadores

Sistemas y asistentes inteligentes

Materiales

Materiales y procesos avanzados

Producción flexible

Producción anticipativa y adaptativa

Ingenieria y diseño

Diseño colaborativo basado en IA

Mejora de procesos

Automatización de procesos

Mantenimiento

Mantenimiento predictivo

Fiabilidad y mantenimiento

Optimización
Gemelo digital
Logística de salida
Servicio post delivery

Gestión de material

Optimización de inventario

Gestión de flotas

Gestión de flotas

Calidad

Inspección visual

A efectos del cálculo de la subvención se considerará el presupuesto total del proyecto para el que se solicita la subvención. Dicho presupuesto será presentado por la entidad
solicitante en la forma que se indica en la convocatoria.
El porcentaje de subvención sobre el presupuesto total del proyecto será del 25 % de
los gastos subvencionables, porcentaje que podrá ser incrementado hasta un 60 % de acuerdo a lo siguiente:
a. Un 10 % adicional si la entidad solicitante es una mediana empresa.
b. Un 20 % adicional si la entidad solicitante es una pequeña empresa.
c. Un 15 % adicional si la entidad solicitante se compromete a difundir los resultados
del proyecto por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o
programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación
de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el agotamiento del crédito disponible, o en caso de que esto no ocurra, hasta el 31 de diciembre
de 2024 inclusive.
En Madrid, a 20 de agosto de 2024.
El Consejero de Digitalización,
MIGUEL LÓPEZ-VALVERDE ARGÜESO

BOCM-20240903-30

(03/13.561/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791