C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240902-21)
Regulación inscripción programa escolar – Orden 2439/2024, de 15 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se regula la inscripción en el programa escolar de consumo de frutas, hortalizas y leche de la Unión Europea, para el curso 2024-2025, de los centros escolares de la Comunidad de Madrid
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 198
LUNES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 209
El Consejo Escolar ha sido informado y conoce las características del PROGRAMA ESCOLAR DE CONSUMO DE FRUTA DE LA
UNIÓN EUROPEA y solicita la participación para el curso 2024/2025 en PROGRAMA DE FRUTA: Destinado a alumnos de E.
Primaria y ESO y alumnos de entre 6 y 16 años de centros de Educación Especial.
Datos de alumnos participantes en programa de leche
Leche con lactosa
Leche sin lactosa
Nº Alumnos Educación Infantil (3 a 6 años):
Nº Alumnos Educación Primaria:
Nº Alumnos Educación Secundaria Obligatoria (ESO):
Nº Alumnos Educación Especial (3 a 16 años)
Nº Total de alumnos
El Consejo Escolar ha sido informado y conoce las características del PROGRAMA ESCOLAR DE CONSUMO DE LECHE DE LA
UNIÓN EUROPEA y solicita la participación para el curso 2024/2025 en PROGRAMA DE LECHE: Destinado a alumnos de E. Infantil
(3 a 6 años), Primaria y ESO y alumnos de entre 3 y 16 años de centros de Educación Especial.
El porcentaje solicitado de leche sin lactosa no podrá ser superior al 10% del total de alumnos solicitantes. En caso de que la solicitud
supere ese porcentaje, se ajustará de oficio al 10% máximo.
6.- Declaración responsable
El centro educativo se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:
Destinar las frutas y la leche subvencionadas exclusivamente al consumo por los alumnos en el recinto del centro educativo,
preferentemente durante los periodos de recreo, garantizando que no se utilicen en la elaboración de comidas, ni en el marco de
las comidas escolares.
Mantener los productos suministrados en correctas condiciones de conservación hasta el momento de la distribución a los
alumnos.
La recepción del suministro es obligatoria para todos los centros escolares y las únicas excepciones que se admitirán serán
aquellas que vengan justificadas por motivos de fiestas locales o una actividad programada en el centro escolar que suponga la
ausencia de alumnos del centro durante esa jornada. Esta situación excepcional deberá ser comunicada con una antelación de,
al menos, 15 días.
Comprobar que los productos suministrados coinciden con la cantidad, tipo de producto y calidad expresada en el albarán de
entrega. Personal del centro escolar debidamente identificado deberá firmar (imprescindible escribir nombre, apellidos y DNI del
firmante) y/o sellar los albaranes de entrega que mantendrán archivados.
Conservar los albaranes de las entregas durante al menos los tres años posteriores al curso del Programa Escolar solicitado.
Formar y concienciar a los alumnos de la importancia del consumo de frutas, hortalizas y leche en la alimentación y realizar las
medidas de acompañamiento que se determinen.
Exponer de forma permanente en la entrada principal del centro, en un lugar donde se pueda ver y leer claramente, el cartel que
indicará que el centro escolar participa en el Programa Escolar de consumo de frutas, hortalizas y leche en la escuela; que le será
facilitado al inicio del periodo de suministro.
Hacer llegar a las familias y al Consejo Escolar la información relativa a la participación del centro educativo en el Programa
Escolar de consumo de frutas, hortalizas y leche en la escuela, que sea facilitada por las autoridades competentes de la
Comunidad de Madrid.
Someterse a cualquier medida de control establecida por la autoridad competente, en particular en lo que respecta a la
comprobación de la ejecución del programa.
Proporcionar los datos relativos a la aplicación del plan con el fin de garantizar el seguimiento y evaluación del mismo.
En ………….………, a……..... de…...…..…………..… de
Puede consultar la información referida al deber de información de protección de datos personales en las páginas siguientes.
DESTINATARIO
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación
Modelo: 12F1
BOCM-20240902-21
FIRMA
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 198
LUNES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 209
El Consejo Escolar ha sido informado y conoce las características del PROGRAMA ESCOLAR DE CONSUMO DE FRUTA DE LA
UNIÓN EUROPEA y solicita la participación para el curso 2024/2025 en PROGRAMA DE FRUTA: Destinado a alumnos de E.
Primaria y ESO y alumnos de entre 6 y 16 años de centros de Educación Especial.
Datos de alumnos participantes en programa de leche
Leche con lactosa
Leche sin lactosa
Nº Alumnos Educación Infantil (3 a 6 años):
Nº Alumnos Educación Primaria:
Nº Alumnos Educación Secundaria Obligatoria (ESO):
Nº Alumnos Educación Especial (3 a 16 años)
Nº Total de alumnos
El Consejo Escolar ha sido informado y conoce las características del PROGRAMA ESCOLAR DE CONSUMO DE LECHE DE LA
UNIÓN EUROPEA y solicita la participación para el curso 2024/2025 en PROGRAMA DE LECHE: Destinado a alumnos de E. Infantil
(3 a 6 años), Primaria y ESO y alumnos de entre 3 y 16 años de centros de Educación Especial.
El porcentaje solicitado de leche sin lactosa no podrá ser superior al 10% del total de alumnos solicitantes. En caso de que la solicitud
supere ese porcentaje, se ajustará de oficio al 10% máximo.
6.- Declaración responsable
El centro educativo se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:
Destinar las frutas y la leche subvencionadas exclusivamente al consumo por los alumnos en el recinto del centro educativo,
preferentemente durante los periodos de recreo, garantizando que no se utilicen en la elaboración de comidas, ni en el marco de
las comidas escolares.
Mantener los productos suministrados en correctas condiciones de conservación hasta el momento de la distribución a los
alumnos.
La recepción del suministro es obligatoria para todos los centros escolares y las únicas excepciones que se admitirán serán
aquellas que vengan justificadas por motivos de fiestas locales o una actividad programada en el centro escolar que suponga la
ausencia de alumnos del centro durante esa jornada. Esta situación excepcional deberá ser comunicada con una antelación de,
al menos, 15 días.
Comprobar que los productos suministrados coinciden con la cantidad, tipo de producto y calidad expresada en el albarán de
entrega. Personal del centro escolar debidamente identificado deberá firmar (imprescindible escribir nombre, apellidos y DNI del
firmante) y/o sellar los albaranes de entrega que mantendrán archivados.
Conservar los albaranes de las entregas durante al menos los tres años posteriores al curso del Programa Escolar solicitado.
Formar y concienciar a los alumnos de la importancia del consumo de frutas, hortalizas y leche en la alimentación y realizar las
medidas de acompañamiento que se determinen.
Exponer de forma permanente en la entrada principal del centro, en un lugar donde se pueda ver y leer claramente, el cartel que
indicará que el centro escolar participa en el Programa Escolar de consumo de frutas, hortalizas y leche en la escuela; que le será
facilitado al inicio del periodo de suministro.
Hacer llegar a las familias y al Consejo Escolar la información relativa a la participación del centro educativo en el Programa
Escolar de consumo de frutas, hortalizas y leche en la escuela, que sea facilitada por las autoridades competentes de la
Comunidad de Madrid.
Someterse a cualquier medida de control establecida por la autoridad competente, en particular en lo que respecta a la
comprobación de la ejecución del programa.
Proporcionar los datos relativos a la aplicación del plan con el fin de garantizar el seguimiento y evaluación del mismo.
En ………….………, a……..... de…...…..…………..… de
Puede consultar la información referida al deber de información de protección de datos personales en las páginas siguientes.
DESTINATARIO
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación
Modelo: 12F1
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