Madrid (BOCM-20240902-34)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 236
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 209
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
34
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
Extracto de la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de la innovación
a través de programas de incubación, aceleración o escalado de proyectos innovadores desarrollados por universidades públicas, fundaciones sin ánimo de lucro vinculadas a universidades públicas, parques científicos y organismos públicos de investigación, aprobada por
decreto de 1 de julio de 2024 de la delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones correspondiente.
Primero. Objeto de la convocatoria.—La presente convocatoria tiene por objeto apoyar la innovación mediante el fomento de Programas de Incubación y Aceleración o Escalado de Proyectos Innovadores desarrollados por Universidades Públicas, Fundaciones sin
ánimo de lucro vinculadas a Universidades Públicas, Parques Científicos y Organismos Públicos de Investigación que permitan la creación de empresas derivadas para la transferencia del conocimiento o el escalado de empresas ya creadas.
Con ello se da cumplimiento a lo recogido en el Plan Estratégico de Subvenciones del
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo 2023-2025 (actual Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda de acuerdo con el Decreto de 17 de junio de 2023
del alcalde, por el que se establece el número, denominación y competencias de las áreas
en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid); en concreto, al
Objetivo 2 de la Línea de Subvención 1 al posicionar a Madrid como ciudad que desarrolla
acciones dirigidas a fomentar la innovación en las empresas y como destino atractivo para
el desarrollo de programas y actividades con elevado contenido de I+D+i a través de la valorización y transferencia de resultados de investigación a las empresas.
Segundo. Régimen jurídico.—La presente convocatoria se regirá, además de lo dispuesto en estas bases, por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión
de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013; por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; por su
Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Asimismo,
esta convocatoria se regirá por las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, por las normas de derecho privado.
Tercero. Requisitos para ser beneficiarios.—Tendrán la consideración de entidades
beneficiarias aquellas que realicen las actividades subvencionables y que reúnan la condición de universidad pública, fundación sin ánimo de lucro vinculada a una universidad pública, organismo público de investigación y parque científico, debiendo, en todo caso, desarrollar sus actividades y tener sede en el ámbito territorial del municipio de Madrid.
Las entidades que soliciten la subvención presentarán programas de aceleración y/o
escalado de proyectos que deberán tener impacto en el ecosistema de innovación de la ciudad de Madrid.
Las entidades que soliciten subvención deberán reunir a la finalización del plazo de
presentación de solicitudes los siguientes requisitos, que deberán mantenerse, al menos, durante el período en el que disfruten de la condición de beneficiarias:
a) Tener la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir todas las
obligaciones que asumen con la aceptación de la ayuda regulada por estas bases.
BOCM-20240902-34
BDNS Identif.: 780147-780148-780149
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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B.O.C.M. Núm. 209
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
34
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
Extracto de la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de la innovación
a través de programas de incubación, aceleración o escalado de proyectos innovadores desarrollados por universidades públicas, fundaciones sin ánimo de lucro vinculadas a universidades públicas, parques científicos y organismos públicos de investigación, aprobada por
decreto de 1 de julio de 2024 de la delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones correspondiente.
Primero. Objeto de la convocatoria.—La presente convocatoria tiene por objeto apoyar la innovación mediante el fomento de Programas de Incubación y Aceleración o Escalado de Proyectos Innovadores desarrollados por Universidades Públicas, Fundaciones sin
ánimo de lucro vinculadas a Universidades Públicas, Parques Científicos y Organismos Públicos de Investigación que permitan la creación de empresas derivadas para la transferencia del conocimiento o el escalado de empresas ya creadas.
Con ello se da cumplimiento a lo recogido en el Plan Estratégico de Subvenciones del
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo 2023-2025 (actual Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda de acuerdo con el Decreto de 17 de junio de 2023
del alcalde, por el que se establece el número, denominación y competencias de las áreas
en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid); en concreto, al
Objetivo 2 de la Línea de Subvención 1 al posicionar a Madrid como ciudad que desarrolla
acciones dirigidas a fomentar la innovación en las empresas y como destino atractivo para
el desarrollo de programas y actividades con elevado contenido de I+D+i a través de la valorización y transferencia de resultados de investigación a las empresas.
Segundo. Régimen jurídico.—La presente convocatoria se regirá, además de lo dispuesto en estas bases, por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión
de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013; por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; por su
Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Asimismo,
esta convocatoria se regirá por las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, por las normas de derecho privado.
Tercero. Requisitos para ser beneficiarios.—Tendrán la consideración de entidades
beneficiarias aquellas que realicen las actividades subvencionables y que reúnan la condición de universidad pública, fundación sin ánimo de lucro vinculada a una universidad pública, organismo público de investigación y parque científico, debiendo, en todo caso, desarrollar sus actividades y tener sede en el ámbito territorial del municipio de Madrid.
Las entidades que soliciten la subvención presentarán programas de aceleración y/o
escalado de proyectos que deberán tener impacto en el ecosistema de innovación de la ciudad de Madrid.
Las entidades que soliciten subvención deberán reunir a la finalización del plazo de
presentación de solicitudes los siguientes requisitos, que deberán mantenerse, al menos, durante el período en el que disfruten de la condición de beneficiarias:
a) Tener la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir todas las
obligaciones que asumen con la aceptación de la ayuda regulada por estas bases.
BOCM-20240902-34
BDNS Identif.: 780147-780148-780149