Fresno de Torote (BOCM-20240902-44)
Personal. Contratación personal laboral
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 250

LUNES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 209

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44

FRESNO DE TOROTE
PERSONAL

De conformidad con la resolución del tribunal calificador, de 31 de julio de 2024 y habiendo concluido la baremación de experiencia y méritos en relación con el proceso de estabilización de empleo temporal para cubrir tres plazas de técnicos superior en Educación
Infantil.
Se publica para su general conocimiento la relación de personas aprobadas por orden
de puntuación que es la siguiente:
DNI

PUNTUACIÓN

46.883.915-W

12,35

53.017.270-Q

11,05

08.978.275-H

10,83

34.872.372-W

6,87

08.995.988-K

4,40

30.691.291-E

4,17

09.039.160-E

3,85

02.289.449-Y

3,80

53.437.310-F

3,43

DNI

PUNTUACIÓN

1

34.872.372-W

6,87

2

08.995.988-K

4,40

3

30.691.291-E

4,17

4

09.039.160-E

3,85

5

02.289.449-Y

3,80

6

53.437.310-F

3,43

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad
con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a
contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con
el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Adminis-

BOCM-20240902-44

Atendiendo a la anterior lista, se propone la contratación como personal laboral a favor de:
— 46.883.915-W.
— 53.017.270-Q.
— 08.978.275-H.
Los aspirantes propuestos deberán acreditar ante este Ayuntamiento en el plazo de
veinte días hábiles, desde la publicación del presente anuncio, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Se advierte de que quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de algunos de
los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus
solicitudes de participación.
Se propone la inclusión en la bolsa de trabajo del puesto de técnico superior en educación infantil a los siguientes candidatos, según recoge el punto 9.o de las bases que rigen la
convocatoria y proceso de estabilización de plazas laborales.