C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240902-23)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 2114/2024, de 3 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones a municipios, otras entidades locales y organismos y entidades públicas locales de la Comunidad de Madrid, para el desarrollo de proyectos para jóvenes en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 209
LUNES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 203
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
23
EXTRACTO de la Orden 2114/2024, de 3 de julio, de la Consejería de Familia,
Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones a municipios,
otras entidades locales y organismos y entidades públicas locales de la Comunidad de Madrid, para el desarrollo de proyectos para jóvenes en el marco de la
animación sociocultural y la educación no formal.
BDNS (Identif.): 773843
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www. https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index ).
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones:
a) Los municipios, mancomunidades, agrupaciones de municipios y demás entidades locales de la Comunidad de Madrid.
b) Los organismos o las entidades públicas con personalidad jurídica propia dependientes de los municipios anteriores que tengan asumidas competencias en materia de juventud.
Segundo
Objeto y finalidad
1. El objeto de la presente convocatoria es la concesión, con cargo al ejercicio económico 2024, de subvenciones para proyectos formativos y de sensibilización juvenil.
2. Con la concesión de estas subvenciones se pretende fomentar el desarrollo de procesos formativos, trabajos de investigación o estudio en áreas de contenidos de la animación sociocultural y el tiempo libre educativo de los jóvenes, así como el fomento de la participación en el municipio e intercambio entre los jóvenes.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 1388/2024, de 23 de abril de 2024, de la Consejería de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a municipios, otras entidades locales y organismos y entidades públicas locales de la Comunidad de
Madrid, para el desarrollo de proyectos para jóvenes en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 111, de 10 de mayo de 2024.
Crédito
El crédito máximo para 2024 destinado a la presente convocatoria asciende a 500.000
euros. El crédito fijado para la línea de proyectos formativos y de sensibilización juvenil es
de 250.000 euros, sin perjuicio de su incremento de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la convocatoria. Las subvenciones que se concedan al amparo de la misma se imputarán al subconcepto 46309 del Programa 232A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2024.
BOCM-20240902-23
Cuarto
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 209
LUNES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 203
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
23
EXTRACTO de la Orden 2114/2024, de 3 de julio, de la Consejería de Familia,
Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones a municipios,
otras entidades locales y organismos y entidades públicas locales de la Comunidad de Madrid, para el desarrollo de proyectos para jóvenes en el marco de la
animación sociocultural y la educación no formal.
BDNS (Identif.): 773843
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www. https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index ).
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones:
a) Los municipios, mancomunidades, agrupaciones de municipios y demás entidades locales de la Comunidad de Madrid.
b) Los organismos o las entidades públicas con personalidad jurídica propia dependientes de los municipios anteriores que tengan asumidas competencias en materia de juventud.
Segundo
Objeto y finalidad
1. El objeto de la presente convocatoria es la concesión, con cargo al ejercicio económico 2024, de subvenciones para proyectos formativos y de sensibilización juvenil.
2. Con la concesión de estas subvenciones se pretende fomentar el desarrollo de procesos formativos, trabajos de investigación o estudio en áreas de contenidos de la animación sociocultural y el tiempo libre educativo de los jóvenes, así como el fomento de la participación en el municipio e intercambio entre los jóvenes.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 1388/2024, de 23 de abril de 2024, de la Consejería de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a municipios, otras entidades locales y organismos y entidades públicas locales de la Comunidad de
Madrid, para el desarrollo de proyectos para jóvenes en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 111, de 10 de mayo de 2024.
Crédito
El crédito máximo para 2024 destinado a la presente convocatoria asciende a 500.000
euros. El crédito fijado para la línea de proyectos formativos y de sensibilización juvenil es
de 250.000 euros, sin perjuicio de su incremento de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la convocatoria. Las subvenciones que se concedan al amparo de la misma se imputarán al subconcepto 46309 del Programa 232A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2024.
BOCM-20240902-23
Cuarto