B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO DE GETAFE (BOCM-20240902-15)
Convocatoria puesto – Resolución de 5 de agosto de 2024, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario de Getafe del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe/a de Servicio de Aparato Digestivo en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 209
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 151
drá una duración máxima de cuatro años, al finalizar los cuales se procederá preceptivamente
a la consiguiente evaluación de las actividades realizadas en el período precitado.
2. Por razones organizativas o asistenciales debidamente motivadas, previo informe
de la Junta Técnica Asistencial, el/la Director/a Gerente podrá revocar los nombramientos
provisionales que haya expedido.
3. Si el/la facultativo/a designado está adscrito a otro centro o institución sanitaria
del Servicio Madrileño de Salud se tramitará, con anterioridad a la toma de posesión, una
comisión de servicio, al amparo del artículo 39.1 de la Ley 55/2003 del Estatuto Marco, al
Hospital Universitario de Getafe.
4. Si el/la facultativo/a designado estuviera adscrito/a a otro Servicio de Salud o
Administración Sanitaria, se precisará la conformidad expresa de la Administración de origen, quedando en la situación administrativa que proceda.
Novena
Recursos
Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, los/as interesados/as
podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante Viceconsejería de Sanidad y Dirección General del SERMAS de la Comunidad de Madrid en el plazo de
un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime
procedente interponer para mejor defensa de sus intereses a través del siguiente enlace:
https://sede.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurso-alzada-sanidad
Getafe, a 5 de agosto de 2024.—La Directora-Gerente, Zita Quintela González.
ANEXO I
El procedimiento de selección constará de dos fases:
a) Valoración de los méritos relativos al historial profesional de los aspirantes
b) Valoración de un Proyecto Técnico de Gestión del Servicio de Aparato Digestivo.
La ponderación para ambas fases será con un total de 200 puntos:
— 40 por 100 para el Historial Profesional (100 puntos).
— 60 por 100 para el Proyecto Técnico de Gestión (100 puntos).
A) La valoración del Historial Profesional se hará conforme al siguiente Baremo:
Los aspirantes deberán aportar, debidamente cumplimentado, el autobaremo incluido
al final de este Anexo, así como los documentos acreditativos (originales o fotocopia) de
los méritos alegados.
1. Formación universitaria (máximo: 4 puntos):
1.1. Grado de Suficiencia Investigadora/Examen de grado/Tesina: 1 punto.
1.2. Grado de Doctor: 2 puntos.
1.3. Si el grado de Doctor se ha obtenido con calificación de “Cum Laude”, se añadirá: 1 punto.
2. Formación especializada (máximo: 10 puntos):
2.1. Facultativos que, para la obtención del título de especialista en la especialidad
de que se trata hayan cumplido el período de formación completo como residente en hospitales con programa acreditado MIR, o bien que hayan cumplido un período de formación
como médico residente, de acuerdo con la normativa anterior al Real Decreto 127/1984, de
al menos dos años de práctica supervisada, profundizando los aspectos teóricos y prácticos
del área correspondiente a su especialidad: 10 puntos.
2.2. Facultativos especialistas que hayan cumplido el período completo de formación
como residentes en centros extranjeros con programa reconocido de docencia para postgraduados en la especialidad de que se trate (de conformidad con la Directiva 75/363/CE de Luxemburgo de 16 de junio de 1975) y con título de especialista convalidado por el Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte: 10 puntos.
BOCM-20240902-15
BAREMO Y CONTENIDO DE CADA UNA DE LAS FASES
B.O.C.M. Núm. 209
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 151
drá una duración máxima de cuatro años, al finalizar los cuales se procederá preceptivamente
a la consiguiente evaluación de las actividades realizadas en el período precitado.
2. Por razones organizativas o asistenciales debidamente motivadas, previo informe
de la Junta Técnica Asistencial, el/la Director/a Gerente podrá revocar los nombramientos
provisionales que haya expedido.
3. Si el/la facultativo/a designado está adscrito a otro centro o institución sanitaria
del Servicio Madrileño de Salud se tramitará, con anterioridad a la toma de posesión, una
comisión de servicio, al amparo del artículo 39.1 de la Ley 55/2003 del Estatuto Marco, al
Hospital Universitario de Getafe.
4. Si el/la facultativo/a designado estuviera adscrito/a a otro Servicio de Salud o
Administración Sanitaria, se precisará la conformidad expresa de la Administración de origen, quedando en la situación administrativa que proceda.
Novena
Recursos
Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, los/as interesados/as
podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante Viceconsejería de Sanidad y Dirección General del SERMAS de la Comunidad de Madrid en el plazo de
un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime
procedente interponer para mejor defensa de sus intereses a través del siguiente enlace:
https://sede.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurso-alzada-sanidad
Getafe, a 5 de agosto de 2024.—La Directora-Gerente, Zita Quintela González.
ANEXO I
El procedimiento de selección constará de dos fases:
a) Valoración de los méritos relativos al historial profesional de los aspirantes
b) Valoración de un Proyecto Técnico de Gestión del Servicio de Aparato Digestivo.
La ponderación para ambas fases será con un total de 200 puntos:
— 40 por 100 para el Historial Profesional (100 puntos).
— 60 por 100 para el Proyecto Técnico de Gestión (100 puntos).
A) La valoración del Historial Profesional se hará conforme al siguiente Baremo:
Los aspirantes deberán aportar, debidamente cumplimentado, el autobaremo incluido
al final de este Anexo, así como los documentos acreditativos (originales o fotocopia) de
los méritos alegados.
1. Formación universitaria (máximo: 4 puntos):
1.1. Grado de Suficiencia Investigadora/Examen de grado/Tesina: 1 punto.
1.2. Grado de Doctor: 2 puntos.
1.3. Si el grado de Doctor se ha obtenido con calificación de “Cum Laude”, se añadirá: 1 punto.
2. Formación especializada (máximo: 10 puntos):
2.1. Facultativos que, para la obtención del título de especialista en la especialidad
de que se trata hayan cumplido el período de formación completo como residente en hospitales con programa acreditado MIR, o bien que hayan cumplido un período de formación
como médico residente, de acuerdo con la normativa anterior al Real Decreto 127/1984, de
al menos dos años de práctica supervisada, profundizando los aspectos teóricos y prácticos
del área correspondiente a su especialidad: 10 puntos.
2.2. Facultativos especialistas que hayan cumplido el período completo de formación
como residentes en centros extranjeros con programa reconocido de docencia para postgraduados en la especialidad de que se trate (de conformidad con la Directiva 75/363/CE de Luxemburgo de 16 de junio de 1975) y con título de especialista convalidado por el Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte: 10 puntos.
BOCM-20240902-15
BAREMO Y CONTENIDO DE CADA UNA DE LAS FASES