D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240831-4)
Convenio –  Convenio de 30 de julio de 2024, de cooperación educativa entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Escuela de Enfermería y Fisioterapia “San Juan de Dios”, integrada en la Universidad Pontificia Comillas, para el desarrollo de prácticas formativas por parte de estudiantes del “Máster Universitario en Cuidados Paliativos” en centros sanitarios del SERMAS
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 31 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 208

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Sanidad
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CONVENIO de 30 de julio de 2024, de cooperación educativa entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de
Salud y la Escuela de Enfermería y Fisioterapia “San Juan de Dios”, integrada
en la Universidad Pontificia Comillas, para el desarrollo de prácticas formativas por parte de estudiantes del “Máster Universitario en Cuidados Paliativos”
en centros sanitarios del SERMAS.
REUNIDOS

De una parte, D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de
Madrid, nombrada por Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, y, en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9
de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999,
de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de
Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de
Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 del Decreto 76/2023,
de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica
de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, el artículo 3 del Decreto 245/2023, de 4 de
octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, y del artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se
establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo
del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Y de otra, D. Julio César de la Torre Montero, Director de la Escuela Universitaria de Enfermería y Fisioterapia “San Juan de Dios”, integrada en la Universidad Pontifica Comillas, en
nombre y representación de la Universidad Pontificia Comillas (en lo sucesivo, COMILLAS),
actuando por delegación del Rector según Convenio de Integración en COMILLAS de la Escuela Universitaria de Enfermería y Fisioterapia “San Juan de Dios”, de 21 de octubre de 2020,
cláusula segunda apartado 4.e), de Gobierno de la Escuela. Nombramiento que ha sido confirmado por Resolución 13 de enero de 2023 del Rector de la Universidad Comilllas.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,
MANIFIESTAN

Que la Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General de Investigación y Docencia, conforme al artículo 8.d) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, tiene
atribuidas las funciones de la ordenación, gestión, coordinación y evaluación de las actividades relacionadas con la formación sanitaria en la Comunidad de Madrid.
Segundo
Que el Servicio Madrileño de Salud (en adelante, SERMAS), en virtud de lo previsto
en el Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece su régimen jurídico y de fun-

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