D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240831-3)
Convenio –  Convenio de 24 de julio de 2024, de cooperación educativa entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, el Hospital Universitario Fundación Alcorcón y la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón (Instituto Universitario de Investigación Ortega-Marañón), para la realización de prácticas del Máster Oficial Universitario de Bioética Clínica en centros sanitarios de la Red Pública de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 31 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 208

Segunda
Programa
1. Período y horario:
El plan de estudios del “Máster oficial universitario de Bioética Clínica en centros sanitarios de la Red Pública de la Comunidad de Madrid” consta de 60 ECTS, con un total de 30 horas de actividad de práctica clínica por alumno.
En todo caso, la realización, por parte de los estudiantes del “Máster de Bioética Clínica en los centros de la red sanitaria pública de la Comunidad de Madrid” estará sujeta a
los períodos y horarios acordados, que en todo caso serán compatibles con el buen desenvolvimiento de la actividad asistencial y de acuerdo a los turnos y horarios establecidos en
cada uno de los hospitales.
Durante la realización de las prácticas externas clínicas se facilitará a los estudiantes
la asistencia a las pruebas de evaluación supervisadas por su tutor académico, así como a
las reuniones convocadas por el citado tutor.
El tutor de prácticas estará en contacto directo con el tutor académico de la universidad o supervisor. Ambos tutores tendrán los derechos y deberes establecidos en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de
los estudiantes universitarios.
El régimen de permisos del estudiante será consensuado por las personas responsables
de la tutela académica y profesional con respeto en todo caso a los permisos a los que el estudiantado tenga derecho con arreglo a la normativa vigente.
2. Número de estudiantes:
El número de estudiantes que realizarán el Máster de Bioética Clínica y, por tanto, las
prácticas en los centros de la red sanitaria pública de la Comunidad de Madrid, será de 15 (este
número será revisable cada curso académico por la Comisión mixta). Cada alumno realizará
un total de 30 horas de prácticas clínicas.
3. Sistemas de evaluación:
El tutor del centro sanitario cumplimentará un informe final que será remitido al tutor
académico para valoración del alumno, siempre que el alumno haya cumplido con los deberes exigidos para su mantenimiento en el centro de prácticas.
Tercera
1. La Fundación Ortega-Marañón garantizará que los alumnos en prácticas estarán
matriculados en las mencionadas actividades formativas. Asimismo, presentará anualmente el comprobante de Seguro de Accidentes y Responsabilidad Civil al que hace referencia
la cláusula cuarta.
2. Los alumnos deberán cumplir las normas de régimen interno del centro sanitario
siguiendo las instrucciones del responsable del desarrollo de las mismas.
3. El Servicio Madrileño de Salud, a través de los centros de la red sanitaria pública
de la Comunidad de Madrid, se reserva en todo momento el derecho a excluir a todo alumno que no cumpla con los compromisos consignados en la presente cláusula.
4. Los alumnos que desarrollen prácticas en el marco del presente convenio no podrán
mantener ninguna relación contractual con la Fundación Ortega-Marañón. Además, no percibirán retribución alguna por su realización. El desempeño de las prácticas, entendido como
parte de la etapa formativa, no se considerará prestación de servicios, y tampoco quedarán
los estudiantes vinculados a la Administración de la Comunidad de Madrid ni al Servicio
Madrileño de Salud, ni durante la vigencia del convenio ni a su terminación, sin perjuicio de
su participación en los procesos selectivos que permiten el acceso a la función pública. La
realización de las prácticas no establecerá, en ningún caso, relación contractual alguna entre
el estudiante y la Fundación Ortega-Marañón o entre el estudiante y la Comunidad de
Madrid. La reiteración en el abandono de períodos de prácticas, de manera injustificada, podrá suponer la exclusión temporal del estudiante del programa de Prácticas Externas.
5. Podrá procederse a la rescisión anticipada de las prácticas mediante presentación
escrita de una justificación razonada por cualquiera de las partes, notificada al Director del
Máster, en representación de la Fundación Ortega-Marañón y a los representantes de las
otras partes.

BOCM-20240831-3

Condiciones generales