D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240831-3)
Convenio –  Convenio de 24 de julio de 2024, de cooperación educativa entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, el Hospital Universitario Fundación Alcorcón y la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón (Instituto Universitario de Investigación Ortega-Marañón), para la realización de prácticas del Máster Oficial Universitario de Bioética Clínica en centros sanitarios de la Red Pública de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 208

SÁBADO 31 DE AGOSTO DE 2024

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Ley 41/2002, de 14 de noviembre, Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente , tienen la
obligación de garantizar los derechos de protección de datos de los pacientes y de las personas
en el tratamiento de sus datos, considerando además que, el tratamiento de datos personales
referidos a la salud de una persona, es especialmente sensible y requiere especial protección. Por
todo ello, es necesario que el estudiante conozca y respete los siguientes aspectos durant e su
estancia en las instalaciones de la entidad:
1. Queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier
dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de su función, especialmente los de
carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que esté determinado, ni
tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación. Esta obligación subsistirá una vez
cumplido el periodo de prácticas acordado en virtud del Convenio de Cooperación Educativa.
2. Queda prohibida la salida de información propiedad de los centros sanitarios del SERMAS
obtenida de sus sistemas de información o de otras fuentes, por cualquier medio físico o
telemático, salvo autorización por escrito del Responsable de dicha información.
3. Una vez cumplido el periodo de prácticas acordado en virtud de Convenio de Cooperación
Educativa, los datos personales pertenecientes los centros sanitarios del SERMAS que pudiera
tener bajo control del abajo firmante, deberá destruirlos o devolverlos al centro por el método
acordado, así como cualquier otro soporte o documento en que conste algún dato de carácter
personal.
4. El acceso lógico a los Sistemas de Información y los centros sanitarios del SERMAS, se hará
con la autorización correspondiente, en la forma que se indique y con las medidas de seguridad
que se marquen en cada caso, no pudiendo acceder a datos reales sin la autorización por escrito
del Responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento.
5. Ante cualquier duda que pueda incidir en la seguridad de los Sistemas de Información y Comunicaciones, deberá consultar con su enlace o Responsable en los centros sanitarios del SERMAS.
La función del enlace será ofrecerle asesoramiento, atender cualquier tipo de consulta o necesidad,
transmitir instrucciones, ponerle al corriente de sus cometidos, objetivos, entre otras.
6. Queda estrictamente prohibido el uso de programas informáticos en los sistemas de información
los centros sanitarios del SERMAS sin la correspondiente licencia y/o autorización. Los
programas informáticos propiedad del SERMAS están protegidos por propiedad intelectual, y
por tanto está estrictamente prohibida su reproducción, modificación, cesión o comunicación sin
la debida autorización.
7. Queda estrictamente prohibido en los sistemas de información los centros sanitarios del
SERMAS, el uso, reproducción, cesión, transformación o comunicación pública de cualquier otro
tipo de obra o invención protegida por la propiedad intelectual sin la debida autorización.
Por su parte, el estudiante se compromete a cumplir la “Política de seguridad de la información en
el ámbito de la Administración Electrónica y de los sistemas de información de la Consejería de
Sanidad de la Comunidad de Madrid”, publicada en la Orden 491/2013, de 27 de junio y todas las
políticas, normas y procedimientos del SERMAS y de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de
Madrid que emanen del citado código. Para su conocimiento, se le proporcionará acceso a la
normativa que le sea de aplicación.
Siempre que se encuentre en los centros sanitarios del SERMAS deberá llevar en lugar plenamente
visible la tarjeta identificativa que se le facilitará y en donde se recogen sus datos personales,
identificándole como estudiante. Al finalizar el período de prácticas, deberá devolver la tarjeta al
centro sanitario
El estudiante será responsable del incumplimiento de cualquiera de las disposiciones anteriormente
expuestas en que hubiera incurrido personalmente, lo cual podrá ser motivo de exigencia de las
responsabilidades legales que correspondan.
El tutor profesional del SERMAS
Nombre y apellidos:
Localización/Centro Sanitario:
Teléfono corporativo: Correo electrónico corporativo:

1. Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo establecido en el
proyecto formativo.
2. Supervisar, orientar y controlar el desarrollo de las prácticas con una relación basada en el
respeto con el derecho fundamental a la protección de datos del paciente, respecto a la
información contenida en su historia clínica, en el ámbito de desarrollo de actividades de
docencia.

BOCM-20240831-3

El tutor profesional se compromete a: