Madrid (BOCM-20240830-66)
Régimen económico. O. A. Madrid Salud. Concesión subvenciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 207

VIERNES 30 DE AGOSTO DE 2024

Pág. 289

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

O. A. Madrid Salud
El Gerente de Madrid Salud, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 15
de los Estatutos del Organismo Autónomo Madrid Salud, aprobados por Acuerdo Plenario
de 19 de noviembre de 2004, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 16 de la Convocatoria de Subvenciones del Organismo Autónomo Madrid Salud, para el apoyo al mantenimiento de proyectos dedicados a la atención integral de las adicciones, realizados por entidades sin ánimo de lucro, en el ejercicio 2024, previa reunión de la Comisión de
valoración de las solicitudes, de 25 de junio de 2024, y propuesta de Resolución definitiva,
realizada por la Subdirectora General de Adicciones de 8 de agosto de 2024, vino a adoptar con fecha 14 de agosto de 2024, la siguiente Resolución:
RESUELVO

CIF

RAZÓN SOCIAL

PROYECTO

PUNTUACIÓN
TOTAL

IMPORTE
CONCEDIDO

G28763712

FUNDACIÓN BENÉFICA
SAN MARTÍN DE PORRES

PROYECTO CHUECO: ESPACIO DE ENCUENTRO, FORMACIÓN
Y ORIENTACIÓN

90

5.000 €

G79437349

ASOCIACIÓN PARA LA
PROMOCIÓN Y GESTIÓN
DE SERVICIOS SOCIALES
GENERALES Y
ESPECIALIZADOS
PROGESTION

ACOMPAÑAMIENTO SOCIOLABORAL PARA MUJERES CON
CRITERIO DE ADICCIÓN

88

4.000 €

G79772018

LA RUECA ASOCIACIÓN
SOCIAL Y CULTURAL

SALA JOVEN VIRTUAL E-RUECA Y TALLERES PRESENCIALES
DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN ADICCIONES CON O SIN
SUSTANCIA

85

4.000 €

2) Dichas cuantías se imputarán a la aplicación presupuestaria 508/120/311.02/489.01
“Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro” del Programa “Adicciones”
del presupuesto de 2024 del Organismo Autónomo Madrid Salud.
3) Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá, en caso de disconformidad, interponer, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y el artículo 52.1 de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre de Medidas para la modernización del Gobierno Local, Recurso potestativo de reposición ante el propio órgano que la ha dictado en el plazo de un mes o
directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado ContenciosoAdministrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, todo ello sin perjuicio de
cuantos otros recursos se estime oportuno. Ambos plazos se computarán desde el
día siguiente a la publicación de la resolución de concesión en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 21 de agosto de 2024.—El gerente de Madrid Salud, Antonio Prieto Fernández.
(01/13.600/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20240830-66

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 16 de la Convocatoria de Subvenciones del
Organismo Autónomo Madrid Salud, para el apoyo al mantenimiento de proyectos dedicados a la atención integral de las adicciones, realizados por entidades sin ánimo de lucro, en
el ejercicio 2024, y el artículo 15 de los Estatutos del Organismo Autónomo Madrid Salud:
1) Conceder subvención, por las siguientes cuantías, a las entidades que se relacionan, por un importe total de 13.000 euros.