C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240830-48)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 2846/2024, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las actividades de conservación de recursos genéticos de interés ganadero por parte de las asociaciones de razas autóctonas implantadas en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el FEADER y por la AGE, y se aprueba la convocatoria para 2024 (Plan Plurianual 2024-2026)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 207
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 251
Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado, y se aprueba la
convocatoria para 2024 (Plan Plurianual 2024-2026).
Cuarto
Cuantía y financiación de las ayudas
Las ayudas se concederán de acuerdo con el Plan Plurianual de actuación que presente cada asociación. El máximo de la subvención será 50.000 euros por raza y año.
La intensidad máxima de las ayudas será de hasta el 100 por 100 de los gastos subvencionables, exceptuando los gastos ocasionados en las pruebas realizadas por terceros o en
nombre de ellos para determinar la calidad genética o el rendimiento del ganado que será
de hasta un 70 por 100.
La Comunidad de Madrid efectuará los pagos correspondientes con cargo al Programa 411A, Partida 77303, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2024,
por un importe de 160.000 euros por anualidad, con un importe total para todo el Plan 2024-2026
de 480.000 euros.
Estas ayudas están cofinanciadas al 35 por 100 por parte del FEADER, al 20 por 100 por
la Administración General del Estado y el 45 por 100 restante por la Comunidad de Madrid.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 13 de agosto de 2024.
El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,
CARLOS NOVILLO PIRIS
BOCM-20240830-48
(03/13.608/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 207
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 251
Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado, y se aprueba la
convocatoria para 2024 (Plan Plurianual 2024-2026).
Cuarto
Cuantía y financiación de las ayudas
Las ayudas se concederán de acuerdo con el Plan Plurianual de actuación que presente cada asociación. El máximo de la subvención será 50.000 euros por raza y año.
La intensidad máxima de las ayudas será de hasta el 100 por 100 de los gastos subvencionables, exceptuando los gastos ocasionados en las pruebas realizadas por terceros o en
nombre de ellos para determinar la calidad genética o el rendimiento del ganado que será
de hasta un 70 por 100.
La Comunidad de Madrid efectuará los pagos correspondientes con cargo al Programa 411A, Partida 77303, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2024,
por un importe de 160.000 euros por anualidad, con un importe total para todo el Plan 2024-2026
de 480.000 euros.
Estas ayudas están cofinanciadas al 35 por 100 por parte del FEADER, al 20 por 100 por
la Administración General del Estado y el 45 por 100 restante por la Comunidad de Madrid.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 13 de agosto de 2024.
El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,
CARLOS NOVILLO PIRIS
BOCM-20240830-48
(03/13.608/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791