Navalcarnero (BOCM-20240829-34)
Urbanismo. Estudio detalle
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 206
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 89
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
34
NAVALCARNERO
URBANISMO
BOCM-20240829-34
El Ayuntamiento de Navalcarnero, en sesión Plenaria celebrada el día 30 de julio
de 2024, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:
Primero.—Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle presentado por don Raúl Ordoñez Iniesto, en representación de la entidad mercantil Angara 1999, S. L., para llevar a
cabo la ordenación de volúmenes edificables para uso residencial de los solares situados en
la calle Alemania, números 59 y 63, del municipio de Navalcarnero.
Segundo.—Levantar la suspensión acordada por la Junta de Gobierno Local, con fecha 6 de mayo de 2024, en cuanto al otorgamiento de los títulos habilitantes de naturaleza
urbanística sobre la parcela a la que se refiere el Estudio de Detalle.
Tercero.—Publicar los presentes acuerdos, así como el contenido íntegro de la parte
del Estudio de Detalle que exija la legislación de régimen local, en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos. 65 y 66 de
la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de haberse procedido previamente al depósito del documento de Estudio de Detalle en el Registro Administrativo dependiente de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
de la Comunidad de Madrid.
Cuarto.—Notificar a los interesados los presentes acuerdos con indicación de los recursos que procedan, de conformidad con lo establecido en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de
Procedimiento Administrativo Común.
Quinto.—Facultar al señor alcalde-presidente para la firma de cuantos documentos
sean precisos para la ejecución de los presentes acuerdos.
Lo que se hace público de conformidad con lo establecido en los artículos 65 y 66 de
la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que con
fecha 31 de julio de 2024 se ha depositado un ejemplar del Estudio de Detalle aprobado en
el Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada
Ley 9/2001.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo, en plazo de dos meses, ante la Sala correspondiente de
lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, contados a partir
del siguiente día al de la publicación del presente acuerdo (artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la
Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998), todo
ello sin perjuicio de que se pueda formular cualquier otro recurso que se estime pertinente
para la defensa de sus derechos (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de la Ley
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Navalcarnero, a 1 de agosto de 2024.—El alcalde-presidente, José Luis Adell Fernández.
(02/12.841/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 206
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 89
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
34
NAVALCARNERO
URBANISMO
BOCM-20240829-34
El Ayuntamiento de Navalcarnero, en sesión Plenaria celebrada el día 30 de julio
de 2024, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:
Primero.—Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle presentado por don Raúl Ordoñez Iniesto, en representación de la entidad mercantil Angara 1999, S. L., para llevar a
cabo la ordenación de volúmenes edificables para uso residencial de los solares situados en
la calle Alemania, números 59 y 63, del municipio de Navalcarnero.
Segundo.—Levantar la suspensión acordada por la Junta de Gobierno Local, con fecha 6 de mayo de 2024, en cuanto al otorgamiento de los títulos habilitantes de naturaleza
urbanística sobre la parcela a la que se refiere el Estudio de Detalle.
Tercero.—Publicar los presentes acuerdos, así como el contenido íntegro de la parte
del Estudio de Detalle que exija la legislación de régimen local, en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos. 65 y 66 de
la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de haberse procedido previamente al depósito del documento de Estudio de Detalle en el Registro Administrativo dependiente de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
de la Comunidad de Madrid.
Cuarto.—Notificar a los interesados los presentes acuerdos con indicación de los recursos que procedan, de conformidad con lo establecido en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de
Procedimiento Administrativo Común.
Quinto.—Facultar al señor alcalde-presidente para la firma de cuantos documentos
sean precisos para la ejecución de los presentes acuerdos.
Lo que se hace público de conformidad con lo establecido en los artículos 65 y 66 de
la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que con
fecha 31 de julio de 2024 se ha depositado un ejemplar del Estudio de Detalle aprobado en
el Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada
Ley 9/2001.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo, en plazo de dos meses, ante la Sala correspondiente de
lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, contados a partir
del siguiente día al de la publicación del presente acuerdo (artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la
Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998), todo
ello sin perjuicio de que se pueda formular cualquier otro recurso que se estime pertinente
para la defensa de sus derechos (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de la Ley
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Navalcarnero, a 1 de agosto de 2024.—El alcalde-presidente, José Luis Adell Fernández.
(02/12.841/24)
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