C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240829-10)
Implantación enseñanzas –  Orden 3661/2024, de 19 de agosto, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autorizan enseñanzas en institutos de educación secundaria, a partir del curso 2024-2025
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 30

JUEVES 29 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 206

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
10

ORDEN 3661/2024, de 19 de agosto, del Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se autorizan enseñanzas en institutos de educación secundaria, a partir del curso 2024-2025.

A fin de completar la oferta de las enseñanzas en centros públicos dependientes de la
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, y optimizar los recursos para la mejora
de la calidad de las enseñanzas ofertadas en los mismos, se hace necesario modificar, a partir del curso escolar 2024-2025, la oferta educativa de los centros que se relacionan en el
Anexo que se adjunta. Todo ello respetando lo establecido en la normativa que regula las
respectivas enseñanzas.
De conformidad con las atribuciones conferidas por el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,
DISPONGO
Primero
Objeto y ámbito de aplicación
La presente orden tiene por objeto autorizar la implantación de enseñanzas en centros
docentes públicos del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Autorización de enseñanzas
Se autoriza a los centros que se relacionan en el Anexo a implantar las enseñanzas que
se detallan en el mismo, a partir del curso 2024-2025.
Tercero
Puesta en funcionamiento
La puesta en funcionamiento de las enseñanzas autorizadas por la presente orden queda condicionada a la existencia de un número suficiente de alumnado matriculado, de
acuerdo con las instrucciones que al efecto dicta la Administración educativa.
Cuarto
Habilitación
Se autoriza a las Direcciones Generales de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial y de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia
y Universidades, para adoptar las instrucciones necesarias y las medidas oportunas que requieran la implantación de las enseñanzas que se disponen por la presente orden.

Producción de efectos
La presente orden producirá efectos a partir del curso 2024-2025.
Madrid, a 19 de agosto de 2024.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades), la Directora General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, María Luz Rodríguez de Llera Tejeda.

BOCM-20240829-10

Quinto