C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20240828-9)
Plan estratégico subvenciones – Orden 103/2024, de 16 de agosto, de la Consejería de Digitalización, por la que se modifica parcialmente el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización para el año 2024, aprobado por Orden 52/2024, de 9 de mayo, de la Consejería de Digitalización
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 205
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 69
sejería de Digitalización para el año 2024, aprobado por Orden 52/2024, de 9 de mayo, de
la Consejería de Digitalización.
Advertido error material en la numeración de las líneas de subvenciones en la citada Orden 91/2024, de 2 de julio, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
se procede a efectuar rectificación.
En la página 109, donde dice: “II.1. Subvenciones dirigidas a la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia”.
Debe decir: “II.2. Subvenciones dirigidas a la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.
En la página 110, donde dice: “II.2. Subvenciones dirigidas a la ejecución del programa de emisión de bonos de conectividad digital para colectivos calificados como económicamente vulnerables, a los solos efectos de la obtención del bono digital, en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.
Debe decir: “II.3. Subvenciones dirigidas a la ejecución del programa de emisión de
bonos de conectividad digital para colectivos calificados como económicamente vulnerables, a los solos efectos de la obtención del bono digital, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.
Segundo.—Se modifica el apartado II. 2 del anexo de la Orden 91/2024, de 2 de julio,
Subvenciones dirigidas a la ejecución del programa de emisión de bonos de conectividad
digital para colectivos calificados como económicamente vulnerables, a los solos efectos
de la obtención del bono digital, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
Tercero.—Se introduce un nuevo apartado II.4 Subvenciones para la concesión de ayudas a entidades miembro del European Digital Innovation Hub Madrid Region (Edih Madrid
Region) para la prestación de servicios de digitalización en favor de entidades del sector público de la Comunidad de Madrid, cuyo contenido se recoge en el Anexo a la presente Orden.
Segundo
Efectos
Esta orden producirá efectos desde el momento de su firma.
Tercero
Publicidad
La presente orden se publicará en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid,
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas (Base de Datos Nacional de Subvenciones).
En Madrid, a 16 de agosto de 2024.
BOCM-20240828-9
El Consejero de Digitalización,
MIGUEL LÓPEZ-VALVERDE ARGÜESO
B.O.C.M. Núm. 205
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 69
sejería de Digitalización para el año 2024, aprobado por Orden 52/2024, de 9 de mayo, de
la Consejería de Digitalización.
Advertido error material en la numeración de las líneas de subvenciones en la citada Orden 91/2024, de 2 de julio, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
se procede a efectuar rectificación.
En la página 109, donde dice: “II.1. Subvenciones dirigidas a la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia”.
Debe decir: “II.2. Subvenciones dirigidas a la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.
En la página 110, donde dice: “II.2. Subvenciones dirigidas a la ejecución del programa de emisión de bonos de conectividad digital para colectivos calificados como económicamente vulnerables, a los solos efectos de la obtención del bono digital, en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.
Debe decir: “II.3. Subvenciones dirigidas a la ejecución del programa de emisión de
bonos de conectividad digital para colectivos calificados como económicamente vulnerables, a los solos efectos de la obtención del bono digital, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.
Segundo.—Se modifica el apartado II. 2 del anexo de la Orden 91/2024, de 2 de julio,
Subvenciones dirigidas a la ejecución del programa de emisión de bonos de conectividad
digital para colectivos calificados como económicamente vulnerables, a los solos efectos
de la obtención del bono digital, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
Tercero.—Se introduce un nuevo apartado II.4 Subvenciones para la concesión de ayudas a entidades miembro del European Digital Innovation Hub Madrid Region (Edih Madrid
Region) para la prestación de servicios de digitalización en favor de entidades del sector público de la Comunidad de Madrid, cuyo contenido se recoge en el Anexo a la presente Orden.
Segundo
Efectos
Esta orden producirá efectos desde el momento de su firma.
Tercero
Publicidad
La presente orden se publicará en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid,
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas (Base de Datos Nacional de Subvenciones).
En Madrid, a 16 de agosto de 2024.
BOCM-20240828-9
El Consejero de Digitalización,
MIGUEL LÓPEZ-VALVERDE ARGÜESO