Leganés (BOCM-20240827-48)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MARTES 27 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 204
— Por publicación de artículos en revistas especializadas: 0,20 puntos por artículo de más de 3 páginas.
6.1.4. Antigüedad general en las Administraciones Públicas (máximo: 20 puntos):
por cada año completo de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas se otorgarán 1 punto.
A los efectos de este apartado se considerará como antigüedad reconocida la que corresponda a efectos de trienios conforme a la normativa específica.
La Comisión de Valoración podrá recabar del interesado información complementaria
a la aportada con la solicitud.
Séptima. Acreditación de méritos y propuesta de adjudicación
7.1. Acreditación de méritos: los méritos se acreditarán de acuerdo con la documentación indicada en la Base 3.1. Se podrá otorgar un trámite de subsanación de 10 días hábiles en caso de que, a juicio de la Comisión de Valoración, un mérito presente una acreditación insuficiente.
7.2. La propuesta de resolución de este concurso deberá recaer en la persona candidata que haya obtenido mayor puntuación sumados todos los apartados.
El concurso no podrá declararse desierto si alguna persona candidata obtiene 20 o más
puntos.
Octava. Calificación del proceso selectivo
El concurso se valorará entre 0 y 100 puntos de acuerdo con el baremo establecido en
la Base sexta.
Los criterios de desempate serán los siguientes:
1.o La mayor puntuación obtenida en cada uno de los méritos de las fases de concurso en el orden que figuran en el presente procedimiento.
2.o De persistir el empate, se seguirá el criterio de pertenecer al sexo infrarrepresentado en el puesto convocado (I Plan de igualdad de oportunidades de empleadas y empleados del Ayuntamiento de Leganés). En último lugar, se resolverá por orden alfabético, de
los apellidos y nombre, teniendo en cuenta la letra resultante del sorteo realizado en la Secretaría de Estado de Función Pública relativa al orden de actuación de los aspirantes en las
pruebas selectivas (artículo ll del Real Decreto 364/1995, de l0 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado). Dicha letra será la que estuviera vigente en la fecha de publicación de la convocatoria del proceso selectivo.
Finalizado el proceso selectivo, el órgano de selección elevará a la Concejalía de Recursos Humanos listado final con la calificación final alcanzada, así como propuesta provisional de adjudicación en favor de los aspirantes con mayor puntuación concediéndose un
plazo de cinco días hábiles para alegaciones.
Novena. Adjudicación y toma de posesión
Resueltas las reclamaciones, si las hubiera, la Comisión hará pública el listado final
con la calificación final alcanzada, por orden de puntuación, en el tablón de anuncios y edictos electrónico (tablón de anuncios y edictos electrónicos):
https://sede.leganes.org/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=TABLON
y en web municipal ( www.leganes.org/proceso-selectivos ). De no presentarse reclamaciones se elevará asimismo a definitiva la propuesta provisional.
Concluido el proceso y recaída resolución de adjudicación del puesto, la Concejalía de
Recursos Humanos procederá a dar posesión del mismo a la persona adjudicataria, conforme
a las previsiones establecidas en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
El puesto adjudicado será irrenunciable, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma
de posesión, se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública.
Décima. Referencias genéricas
Toda referencia hecha al género masculino en las presentes bases incluye necesariamente su homónimo en femenino. Los géneros han sido empleados conforme a la práctica
y uso generalmente admitidos en aras de la agilidad lingüística.
BOCM-20240827-48
Pág. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 204
— Por publicación de artículos en revistas especializadas: 0,20 puntos por artículo de más de 3 páginas.
6.1.4. Antigüedad general en las Administraciones Públicas (máximo: 20 puntos):
por cada año completo de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas se otorgarán 1 punto.
A los efectos de este apartado se considerará como antigüedad reconocida la que corresponda a efectos de trienios conforme a la normativa específica.
La Comisión de Valoración podrá recabar del interesado información complementaria
a la aportada con la solicitud.
Séptima. Acreditación de méritos y propuesta de adjudicación
7.1. Acreditación de méritos: los méritos se acreditarán de acuerdo con la documentación indicada en la Base 3.1. Se podrá otorgar un trámite de subsanación de 10 días hábiles en caso de que, a juicio de la Comisión de Valoración, un mérito presente una acreditación insuficiente.
7.2. La propuesta de resolución de este concurso deberá recaer en la persona candidata que haya obtenido mayor puntuación sumados todos los apartados.
El concurso no podrá declararse desierto si alguna persona candidata obtiene 20 o más
puntos.
Octava. Calificación del proceso selectivo
El concurso se valorará entre 0 y 100 puntos de acuerdo con el baremo establecido en
la Base sexta.
Los criterios de desempate serán los siguientes:
1.o La mayor puntuación obtenida en cada uno de los méritos de las fases de concurso en el orden que figuran en el presente procedimiento.
2.o De persistir el empate, se seguirá el criterio de pertenecer al sexo infrarrepresentado en el puesto convocado (I Plan de igualdad de oportunidades de empleadas y empleados del Ayuntamiento de Leganés). En último lugar, se resolverá por orden alfabético, de
los apellidos y nombre, teniendo en cuenta la letra resultante del sorteo realizado en la Secretaría de Estado de Función Pública relativa al orden de actuación de los aspirantes en las
pruebas selectivas (artículo ll del Real Decreto 364/1995, de l0 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado). Dicha letra será la que estuviera vigente en la fecha de publicación de la convocatoria del proceso selectivo.
Finalizado el proceso selectivo, el órgano de selección elevará a la Concejalía de Recursos Humanos listado final con la calificación final alcanzada, así como propuesta provisional de adjudicación en favor de los aspirantes con mayor puntuación concediéndose un
plazo de cinco días hábiles para alegaciones.
Novena. Adjudicación y toma de posesión
Resueltas las reclamaciones, si las hubiera, la Comisión hará pública el listado final
con la calificación final alcanzada, por orden de puntuación, en el tablón de anuncios y edictos electrónico (tablón de anuncios y edictos electrónicos):
https://sede.leganes.org/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=TABLON
y en web municipal ( www.leganes.org/proceso-selectivos ). De no presentarse reclamaciones se elevará asimismo a definitiva la propuesta provisional.
Concluido el proceso y recaída resolución de adjudicación del puesto, la Concejalía de
Recursos Humanos procederá a dar posesión del mismo a la persona adjudicataria, conforme
a las previsiones establecidas en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
El puesto adjudicado será irrenunciable, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma
de posesión, se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública.
Décima. Referencias genéricas
Toda referencia hecha al género masculino en las presentes bases incluye necesariamente su homónimo en femenino. Los géneros han sido empleados conforme a la práctica
y uso generalmente admitidos en aras de la agilidad lingüística.
BOCM-20240827-48
Pág. 110
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