Leganés (BOCM-20240827-47)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 204
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE AGOSTO DE 2024
— Por estar en posesión de un grado personal inferior en un nivel o más con respecto
al del puesto convocado, se otorgarán 6 puntos.
— Por carecer de grado personal consolidado no se concederá puntuación alguna.
6.1.2. Valoración del trabajo desarrollado (máximo 40 puntos):
Por el desempeño de uno o más puestos de trabajo clasificados en la Subescala Técnica
de Administración General de Administración Local, Subgrupo A1, con adscripción a Recursos Humanos o Patrimonio (se valorará una u otra área, en virtud de la solicitud presentada):
— Por estar desempeñando o haber desempeñado un puesto de trabajo con nivel de
complemento de destino superior en un nivel o más al del puesto convocado: 4
puntos por cada año de servicio.
— Por estar desempeñando o haber desempeñado un puesto de trabajo con nivel de complemento de destino igual al del puesto que se solicita: 2 puntos por año de servicio.
— Por estar desempeñando o haber desempeñado un puesto de trabajo con nivel de
complemento de destino inferior en un nivel o más al del puesto convocado: 1
puntos por año de servicio.
En el caso de que un mismo puesto de trabajo haya estado clasificado en diferentes niveles de complemento de destino, cada periodo de ocupación puntuará por separado, en su
caso, debiendo acreditarse documentalmente.
6.1.3. Formación (máximo 30 puntos).
Será objeto de valoración la siguiente formación debidamente acreditada:
Por la participación como asistente o como ponente en cursos, jornadas, conferencias,
seminarios, congresos o similares, siempre que estén impartidos u organizados por centros
oficiales públicos o en el ámbito de la formación continua de las Administraciones Públicas,
sobre materias directa y concretamente relacionadas con el ámbito funcional del puesto al
que se opta (Recursos Humanos o Patrimonio exclusivamente en el sector público): siempre que
se haya expedido diploma o certificado de asistencia y se recoja el número de horas (o de
créditos, justificando su equivalencia horaria): 0,05 puntos por cada hora de formación.
No serán objeto de valoración sucesivas ediciones repetidas de acciones formativas
idénticas.
a) Titulaciones académicas relacionadas con el contenido del puesto de trabajo. Hasta un máximo de 2 puntos.
No se valorará la titulación exigida para el puesto de trabajo.
— Doctorado: 1 punto.
— Otras titulaciones académicas:
d 0,50 puntos por cada licenciatura o grado relacionado con el contenido del
puesto de trabajo.
d 0,25 puntos por cada diplomatura relacionada con el contenido del puesto
de trabajo.
— Máster o Diploma de especialización:
a. Por cada Máster en materias de similar contenido técnico y especialidad
del puesto de trabajo convocado: 1 punto.
b. Por cada diploma de especialización en materias de similar contenido
técnico y especialidad del puesto de trabajo convocado: 0,50 puntos.
b) Publicaciones, actividad docente: Hasta 2 puntos.
— Actividad docente en materias directamente relacionadas con el puesto de trabajo convocado: 0,20 puntos por cada crédito.
— Por cursos impartidos, en materias de similar contenido técnico y especialidad del puesto de trabajo convocado: 0,40 puntos por cada curso formación
de más de 20 horas lectivas.
— Ponencias, seminarios en materias de similar contenido técnico y especialidad
del puesto de trabajo convocado: 0,10 puntos por cada una.
— Por publicaciones realizadas en materias de similar contenido técnico y especialidad del puesto de trabajo convocado: Hasta 1,5 puntos.
— Por publicación de libros/manuales/guías, en materias directamente relacionadas con el puesto de trabajo:
d 1 punto por cada publicación única autoría con más de 500 páginas.
Pág. 103
BOCM-20240827-47
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE AGOSTO DE 2024
— Por estar en posesión de un grado personal inferior en un nivel o más con respecto
al del puesto convocado, se otorgarán 6 puntos.
— Por carecer de grado personal consolidado no se concederá puntuación alguna.
6.1.2. Valoración del trabajo desarrollado (máximo 40 puntos):
Por el desempeño de uno o más puestos de trabajo clasificados en la Subescala Técnica
de Administración General de Administración Local, Subgrupo A1, con adscripción a Recursos Humanos o Patrimonio (se valorará una u otra área, en virtud de la solicitud presentada):
— Por estar desempeñando o haber desempeñado un puesto de trabajo con nivel de
complemento de destino superior en un nivel o más al del puesto convocado: 4
puntos por cada año de servicio.
— Por estar desempeñando o haber desempeñado un puesto de trabajo con nivel de complemento de destino igual al del puesto que se solicita: 2 puntos por año de servicio.
— Por estar desempeñando o haber desempeñado un puesto de trabajo con nivel de
complemento de destino inferior en un nivel o más al del puesto convocado: 1
puntos por año de servicio.
En el caso de que un mismo puesto de trabajo haya estado clasificado en diferentes niveles de complemento de destino, cada periodo de ocupación puntuará por separado, en su
caso, debiendo acreditarse documentalmente.
6.1.3. Formación (máximo 30 puntos).
Será objeto de valoración la siguiente formación debidamente acreditada:
Por la participación como asistente o como ponente en cursos, jornadas, conferencias,
seminarios, congresos o similares, siempre que estén impartidos u organizados por centros
oficiales públicos o en el ámbito de la formación continua de las Administraciones Públicas,
sobre materias directa y concretamente relacionadas con el ámbito funcional del puesto al
que se opta (Recursos Humanos o Patrimonio exclusivamente en el sector público): siempre que
se haya expedido diploma o certificado de asistencia y se recoja el número de horas (o de
créditos, justificando su equivalencia horaria): 0,05 puntos por cada hora de formación.
No serán objeto de valoración sucesivas ediciones repetidas de acciones formativas
idénticas.
a) Titulaciones académicas relacionadas con el contenido del puesto de trabajo. Hasta un máximo de 2 puntos.
No se valorará la titulación exigida para el puesto de trabajo.
— Doctorado: 1 punto.
— Otras titulaciones académicas:
d 0,50 puntos por cada licenciatura o grado relacionado con el contenido del
puesto de trabajo.
d 0,25 puntos por cada diplomatura relacionada con el contenido del puesto
de trabajo.
— Máster o Diploma de especialización:
a. Por cada Máster en materias de similar contenido técnico y especialidad
del puesto de trabajo convocado: 1 punto.
b. Por cada diploma de especialización en materias de similar contenido
técnico y especialidad del puesto de trabajo convocado: 0,50 puntos.
b) Publicaciones, actividad docente: Hasta 2 puntos.
— Actividad docente en materias directamente relacionadas con el puesto de trabajo convocado: 0,20 puntos por cada crédito.
— Por cursos impartidos, en materias de similar contenido técnico y especialidad del puesto de trabajo convocado: 0,40 puntos por cada curso formación
de más de 20 horas lectivas.
— Ponencias, seminarios en materias de similar contenido técnico y especialidad
del puesto de trabajo convocado: 0,10 puntos por cada una.
— Por publicaciones realizadas en materias de similar contenido técnico y especialidad del puesto de trabajo convocado: Hasta 1,5 puntos.
— Por publicación de libros/manuales/guías, en materias directamente relacionadas con el puesto de trabajo:
d 1 punto por cada publicación única autoría con más de 500 páginas.
Pág. 103
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