San Martín de Valdeiglesias (BOCM-20240826-48)
Organización y funcionamiento. Programa gestión colonias felinas
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B.O.C.M. Núm. 203

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE AGOSTO DE 2024

sinfección un agente eficaz frente a los dos virus más resistentes (panleucopenia felina y calicivirus felino), como por ejemplo lejía de uso doméstico, en
una dilución 1:32. Las casetas y material de aislamiento deben ser limpiados,
desinfectados y/o cambiados con regularidad. Las personas responsables de la
colonia deben lavarse y desinfectarse las manos al terminar su tarea. Se recomienda también tener material protector o ropa separada para esta actividad.
7.1.8. Reubicación de una colonia. Solo se podrá optar por la retirada de los gatos si
existe una debida y probada justificación, y siempre y cuando se cuente con un
lugar para la reubicación de estos que cumpla con las condiciones necesarias
para el cuidado y bienestar de los animales. Se contará siempre con el asesoramiento de la Mesa de Bienestar Animal antes de decidir la reubicación de
una colonia.
7.2. Criterios sanitarios. Para mantener un buen estado sanitario de la colonia felina
y minimizar el riesgo para la salud pública, se recomiendan las siguientes medidas, que se
programarán en función del presupuesto disponible en cada ejercicio.
7.2.1. Tratamientos preventivos. Es recomendable la vacunación para el Herpesvirus
felino (FHV-1), Calicivirus felino (FCV) y Panleucopenia felina (FPV), todos
ellos contenidos en la vacuna trivalente. Esta vacuna se aplicará en el momento de la esterilización. En aquellos gatos cuyo manejo lo permita, se recomienda revacunar al año y posteriormente cada 2-3 años, para intentar conseguir
una inmunidad de grupo. Igualmente, se recomienda desparasitar a todos los
gatos en el momento de la esterilización, con un antiparasitario de amplio espectro para parásitos internos y externos (praziquantel, pouron y selamectina,
entre otros). En aquellos gatos cuyo manejo lo permita, se recomienda repetir
la desparasitación para parásitos internos cada tres meses y para parásitos externos una vez al mes (especialmente durante los meses de primavera y verano). Una colonia felina bien desparasitada supone un riesgo mínimo para la salud pública. No se recomienda testear de forma generalizada a todos los gatos
de una colonia frente a los retrovirus felinos (FeLV/FIV). Se considera más
útil destinar esos recursos a esterilizar a todos los gatos, vacunarles, darles una
buena alimentación y desparasitarles con regularidad. La incidencia de estos
virus es baja en la población general (3-7 % según países) y al esterilizarles
disminuyen en gran medida las posibilidades de contagio. En su diagnóstico
existe, además, la posibilidad de falsos positivos e infecciones regresivas, por
lo que un solo test no es suficiente para confirmar la infección progresiva.
7.2.2. Identificación. Se recomienda la identificación de los gatos de cada colonia
con microchip, que se implantará en el momento de la esterilización. El microchip irá registrado a nombre del Ayuntamiento. Esta identificación puede ser
establecida una vez está controlada la población, y el número de gatos sea tal
que económicamente sea factible.
7.2.3. Virus de la Rabia. En caso de detectarse el virus de la Rabia en algún individuo
de las colonias, se aplicará el Plan Nacional de Contingencia contra la Rabia
Animal.
7.2.4. Atención a animales enfermos. En aquellas colonias en las que se detecte algún
individuo con signos de enfermedad, la persona cuidadora o responsable de la
colonia dará aviso al Ayuntamiento, en el menor plazo de tiempo posible, para
proceder a su captura si fuera necesario, de modo que pueda recibir atención
veterinaria.
7.2.5. Eutanasia. En caso de necesitar inducir la muerte a un animal será mediante eutanasia, prescrita y realizada por personal profesional veterinario colegiado, de
forma rápida e indolora, aplicándose siempre sedación y mediante métodos que
impliquen el mínimo sufrimiento y provoquen una pérdida de consciencia inmediata. Las autoridades competentes en materia medioambiental, de protección y sanidad animal, y salud pública podrán ordenar el sacrificio de los animales para evitar su sufrimiento o por motivos de seguridad para las personas o
animales, o de existencia de riesgo para la salud pública o medioambiental.
7.2.6. Animales fallecidos. En el supuesto de que fallezca un gato de la colonia, se
procederá a la retirada del cadáver dando aviso al Ayuntamiento y/o al servicio de recogida para su incineración. En caso de que fuera necesaria la realización de una necropsia a un gato del proyecto CES por sospecha de intoxicación u otra causa cualquiera, se hará con el centro veterinario colaborador. El

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