Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid (BOCM-20240826-55)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 203
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 169
BOCM-20240826-55
El orden de actuación de los aspirantes será el que resulte del sorteo al que al que se
refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de las Administración del
Estado (artículo 17 del Real Decreto 364/1995).
Las restantes convocatorias de realización de pruebas se harán mediante publicación
en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Mancomunidad ( https://mancomunidadsuroeste.sedelectronica.es ) y, en su caso, en los restantes lugares indicados por el
órgano de selección.
Contra la resolución dictada por la Presidencia, la cual pone fin a la vía administrativa,
se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un
mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el presidente
de esta Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día
siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por
interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso
que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado, y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, así como en las bases
de la convocatoria del proceso de selección referenciado, aprobadas mediante resolución de
esta Presidencia y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Griñón, a 14 de agosto de 2024.—El presidente, José María Porras Agenjo.
(03/13.387/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 203
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 169
BOCM-20240826-55
El orden de actuación de los aspirantes será el que resulte del sorteo al que al que se
refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de las Administración del
Estado (artículo 17 del Real Decreto 364/1995).
Las restantes convocatorias de realización de pruebas se harán mediante publicación
en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Mancomunidad ( https://mancomunidadsuroeste.sedelectronica.es ) y, en su caso, en los restantes lugares indicados por el
órgano de selección.
Contra la resolución dictada por la Presidencia, la cual pone fin a la vía administrativa,
se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un
mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el presidente
de esta Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día
siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por
interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso
que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado, y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, así como en las bases
de la convocatoria del proceso de selección referenciado, aprobadas mediante resolución de
esta Presidencia y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Griñón, a 14 de agosto de 2024.—El presidente, José María Porras Agenjo.
(03/13.387/24)
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ISSN 1989-4791