D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - O. A. Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) (BOCM-20240823-19)
Convenio – Convenio de 10 de julio de 2024, entre el Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) y la Unión de Cooperativas Agrarias Madrileñas (UCAM), por el que se regula la concesión directa de una subvención que se otorga por IMIDRA a UCAM para la realización de actuaciones para el fomento de los sistemas de aseguramiento de la integridad y trazabilidad de la información de los alimentos, y su implantación en los productos hortofrutícolas madrileños, en el año 2024
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BOCM
Pág. 74
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 201
ANEXO 4
En el presente convenio las partes fijan formalmente y por escrito los términos y
condiciones para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad
de la información suministrada y creada entre ellas.
Primera: Responsable y encargado del tratamiento
IMIDRA tendrá la consideración de Responsable del tratamiento y UCAM tendrá la
consideración de Encargado del tratamiento, conforme a lo establecido en los artículos 28
y 29 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, RGPD), así como
en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, y en el resto de normativa vigente en la
materia.
En consecuencia, el acceso a datos de carácter personal en el marco de este convenio, se
realiza con el único fin de dar cumplimiento al objeto del mismo y no se considerará como
una cesión o comunicación de datos.
Segunda: Definiciones
Los términos específicos en materia de protección de datos serán interpretados conforme
a las definiciones establecidas en el artículo 4 del RGPD.
Tercera: Objeto del encargo de tratamiento
Mediante las presentes cláusulas se habilita a la entidad UCAM, Encargada del
tratamiento, para tratar por cuenta de IMIDRA, Responsable del tratamiento, los datos de
carácter personal necesarios para desarrollar en colaboración con la Comunidad de Madrid
el “CONVENIO ENTRE EL INSTITUTO MADRILEÑO DE INVESTIGACIÓN Y
DESARROLLO RURAL, AGRARIO Y ALIMENTARIO (IMIDRA) Y LA UNIÓN DE
COOPERATIVAS AGRARIAS MADRILEÑAS (UCAM), POR EL QUE SE REGULA LA
CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN QUE SE OTORGA POR IMIDRA A
UCAM PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES PARA EL FOMENTO DE LOS
SISTEMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA INTEGRIDAD Y TRAZABILIDAD DE LA
INFORMACIÓN DE LOS ALIMENTOS, Y SU IMPLANTACIÓN EN LOS PRODUCTOS
HORTOFRUTÍCOLAS MADRILEÑOS, EN EL AÑO 2024”.
El tratamiento de los datos personales comprenderá: recogida / registro / estructuración
/modificación / conservación / extracción / consulta /comunicación por transmisión / difusión
/ interconexión /cotejo / limitación / destrucción/ supresión / comunicación / y cualquier otro
que requiera el objeto del convenio que se suscribe.
Para la ejecución de la/s actuación/actuaciones derivadas del cumplimiento del objeto de
este encargo, el Responsable del tratamiento pone a disposición del Encargado, la
información que se describe a continuación, correspondiente a la actividad de tratamiento
“CONVENIOS”:
BOCM-20240823-19
Cuarta: Identificación de la información afectada
Pág. 74
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 201
ANEXO 4
En el presente convenio las partes fijan formalmente y por escrito los términos y
condiciones para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad
de la información suministrada y creada entre ellas.
Primera: Responsable y encargado del tratamiento
IMIDRA tendrá la consideración de Responsable del tratamiento y UCAM tendrá la
consideración de Encargado del tratamiento, conforme a lo establecido en los artículos 28
y 29 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, RGPD), así como
en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, y en el resto de normativa vigente en la
materia.
En consecuencia, el acceso a datos de carácter personal en el marco de este convenio, se
realiza con el único fin de dar cumplimiento al objeto del mismo y no se considerará como
una cesión o comunicación de datos.
Segunda: Definiciones
Los términos específicos en materia de protección de datos serán interpretados conforme
a las definiciones establecidas en el artículo 4 del RGPD.
Tercera: Objeto del encargo de tratamiento
Mediante las presentes cláusulas se habilita a la entidad UCAM, Encargada del
tratamiento, para tratar por cuenta de IMIDRA, Responsable del tratamiento, los datos de
carácter personal necesarios para desarrollar en colaboración con la Comunidad de Madrid
el “CONVENIO ENTRE EL INSTITUTO MADRILEÑO DE INVESTIGACIÓN Y
DESARROLLO RURAL, AGRARIO Y ALIMENTARIO (IMIDRA) Y LA UNIÓN DE
COOPERATIVAS AGRARIAS MADRILEÑAS (UCAM), POR EL QUE SE REGULA LA
CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN QUE SE OTORGA POR IMIDRA A
UCAM PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES PARA EL FOMENTO DE LOS
SISTEMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA INTEGRIDAD Y TRAZABILIDAD DE LA
INFORMACIÓN DE LOS ALIMENTOS, Y SU IMPLANTACIÓN EN LOS PRODUCTOS
HORTOFRUTÍCOLAS MADRILEÑOS, EN EL AÑO 2024”.
El tratamiento de los datos personales comprenderá: recogida / registro / estructuración
/modificación / conservación / extracción / consulta /comunicación por transmisión / difusión
/ interconexión /cotejo / limitación / destrucción/ supresión / comunicación / y cualquier otro
que requiera el objeto del convenio que se suscribe.
Para la ejecución de la/s actuación/actuaciones derivadas del cumplimiento del objeto de
este encargo, el Responsable del tratamiento pone a disposición del Encargado, la
información que se describe a continuación, correspondiente a la actividad de tratamiento
“CONVENIOS”:
BOCM-20240823-19
Cuarta: Identificación de la información afectada