B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240821-2)
Resolución procesos selectivos –  Resolución de 30 de julio de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelven los dos procesos selectivos para el ingreso, por los sistemas de acceso libre y de promoción interna, en el Cuerpo de Agentes Forestales, Escala Técnica, Categoría de Técnico Medio Agente Forestal, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 199

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE AGOSTO DE 2024

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A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno
de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista
de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o de cualquier otro sistema de
firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
Tercero
De conformidad con lo estipulado en el apartado noveno de la base decimocuarta de
la enunciada Orden 290/2018, de 27 de junio, a efectos de la acreditación de la posesión,
por las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de promoción interna,
de los requisitos contemplados en el apartado segundo de la base segunda de la aludida Orden 619/2021, de 19 de noviembre, así como del requisito recogido en la base 6.1.e) de la
señalada Orden 290/2018, de 27 de junio, la mencionada Dirección General de Recursos
Humanos realizará las comprobaciones oportunas de dichos extremos.
Cuarto
En aplicación de lo dispuesto en el apartado décimo de la base decimocuarta de la ya
reiterada Orden 290/2018, de 27 de junio, las personas aspirantes que, dentro del plazo habilitado en el apartado segundo de esta Resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no acreditasen el cumplimiento de los requisitos exigidos en el respectivo proceso selectivo, o si
del examen de la documentación correspondiente, o de la obtenida de la consulta practicada de oficio en los supuestos descritos, se dedujera que carecen de alguno de los mismos,
perderán su derecho a ser nombrados personal funcionario de carrera del Cuerpo de Agentes Forestales, Escala Técnica, Categoría de Técnico Medio Agente Forestal, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que, en su caso, pudieran haber
incurrido por falsedad en su instancia o documentación.

BOCM-20240821-2

Quinto
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda y Función Pública, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 30 de julio de 2024.—La Directora General de Función Pública, por delegación de firma (Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Emilia Álvarez Tornero.