D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240821-22)
Convenio – Adenda de 6 de agosto de 2024, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, para el desarrollo de la Atención Social Primaria y otros programas por los Servicios Sociales de las Entidades Locales para el año 2024
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BOCM
MIÉRCOLES 21 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 363
e) Gastos corrientes y de gestión.
Seguimiento y obligación de presentar documentación
Con independencia de las normas contenidas en este Anexo y en el clausulado del Convenio en
que se integra, las Entidades Locales que desarrollen el programa incluido en el mismo, se
obligan a aportar cuantos datos y documentación sean necesarios para la justificación del
Programa de Prevención del Suicidio.
Para el cumplimiento de la obligación de justificación de gastos, se utilizarán los documentos y
formatos que en cada momento establezca la Comunidad de Madrid.
BOCM-20240821-22
B.O.C.M. Núm. 199
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 363
e) Gastos corrientes y de gestión.
Seguimiento y obligación de presentar documentación
Con independencia de las normas contenidas en este Anexo y en el clausulado del Convenio en
que se integra, las Entidades Locales que desarrollen el programa incluido en el mismo, se
obligan a aportar cuantos datos y documentación sean necesarios para la justificación del
Programa de Prevención del Suicidio.
Para el cumplimiento de la obligación de justificación de gastos, se utilizarán los documentos y
formatos que en cada momento establezca la Comunidad de Madrid.
BOCM-20240821-22
B.O.C.M. Núm. 199
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