D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240821-17)
Convenio – Adenda de 29 de julio de 2024, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Móstoles, para el desarrollo de la Atención Social Primaria y otros programas por los Servicios Sociales de las Entidades Locales para el año 2024
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 199
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 165
Este programa comprende actuaciones dirigidas a la prevención y detección precoz de cualquier
tipo de riesgo de violencia hacia la infancia y adolescencia, promoviendo la competencia en sus
funciones de crianza por parte de las familias.
Por parte de los Equipos de Atención a la Infancia y la Familia de los Servicios Sociales de
Atención Social Primaria se desarrollarán, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio,
de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, las siguientes medidas:
-
Sensibilización para el rechazo y eliminación de todo tipo de violencia sobre la infancia
y la adolescencia.
-
Prevención efectiva mediante una información adecuada a los niños, niñas y
adolescentes, la especialización y la mejora de la práctica profesional, el
acompañamiento de las familias, dotándolas de herramientas de parentalidad positiva,
y el refuerzo de la participación de las personas menores de edad.
-
Impulso de la detección precoz mediante la formación de profesionales.
-
Refuerzo de los conocimientos y habilidades de los niños, niñas y adolescentes para que
sean parte activa en la promoción del buen trato y puedan reconocer la violencia y
reaccionar frente a la misma
-
Garantía de una actuación coordinada y de colaboración entre los y las profesionales de
los diferentes sectores implicados en la protección de los niños, niñas y adolescentes
frente a la violencia.
-
Y cualquier otra relacionada con la materia, dentro del ámbito de la competencia de los
Servicios Sociales de Atención Social Primaria.
Todas estas medidas tendrán un carácter inclusivo y accesible para que puedan atender a todos
los niños, niñas y adolescentes sin excepción.
Gastos que se financian
Con cargo a este Anexo se financian las actuaciones relacionada con la ejecución del programa
de Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia desarrolladas por los
servicios sociales en el nivel de la Atención Social Primaria.
Los gastos que se podrán financiar con cargo a este programa serán los relativos a:
-
El personal de los Equipos.
Formación para dotar de competencias a los profesionales.
Formación dirigida a las familias.
Materiales de apoyo a la formación.
Actividades dirigidas a niños, niñas y adolescentes.
Gastos corrientes y de gestión.
Seguimiento y obligación de presentar documentación
BOCM-20240821-17
Con independencia de las normas contenidas en este Anexo y en el clausulado del Convenio en
que se integra, las Entidades Locales que desarrollen el programa incluido en el mismo, se
obligan a aportar cuantos datos y documentación sean necesarios para que la Comunidad de
B.O.C.M. Núm. 199
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 165
Este programa comprende actuaciones dirigidas a la prevención y detección precoz de cualquier
tipo de riesgo de violencia hacia la infancia y adolescencia, promoviendo la competencia en sus
funciones de crianza por parte de las familias.
Por parte de los Equipos de Atención a la Infancia y la Familia de los Servicios Sociales de
Atención Social Primaria se desarrollarán, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio,
de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, las siguientes medidas:
-
Sensibilización para el rechazo y eliminación de todo tipo de violencia sobre la infancia
y la adolescencia.
-
Prevención efectiva mediante una información adecuada a los niños, niñas y
adolescentes, la especialización y la mejora de la práctica profesional, el
acompañamiento de las familias, dotándolas de herramientas de parentalidad positiva,
y el refuerzo de la participación de las personas menores de edad.
-
Impulso de la detección precoz mediante la formación de profesionales.
-
Refuerzo de los conocimientos y habilidades de los niños, niñas y adolescentes para que
sean parte activa en la promoción del buen trato y puedan reconocer la violencia y
reaccionar frente a la misma
-
Garantía de una actuación coordinada y de colaboración entre los y las profesionales de
los diferentes sectores implicados en la protección de los niños, niñas y adolescentes
frente a la violencia.
-
Y cualquier otra relacionada con la materia, dentro del ámbito de la competencia de los
Servicios Sociales de Atención Social Primaria.
Todas estas medidas tendrán un carácter inclusivo y accesible para que puedan atender a todos
los niños, niñas y adolescentes sin excepción.
Gastos que se financian
Con cargo a este Anexo se financian las actuaciones relacionada con la ejecución del programa
de Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia desarrolladas por los
servicios sociales en el nivel de la Atención Social Primaria.
Los gastos que se podrán financiar con cargo a este programa serán los relativos a:
-
El personal de los Equipos.
Formación para dotar de competencias a los profesionales.
Formación dirigida a las familias.
Materiales de apoyo a la formación.
Actividades dirigidas a niños, niñas y adolescentes.
Gastos corrientes y de gestión.
Seguimiento y obligación de presentar documentación
BOCM-20240821-17
Con independencia de las normas contenidas en este Anexo y en el clausulado del Convenio en
que se integra, las Entidades Locales que desarrollen el programa incluido en el mismo, se
obligan a aportar cuantos datos y documentación sean necesarios para que la Comunidad de