Rozas de Puerto Real (BOCM-20240820-48)
Régimen económico. Coeficientes valor terrenos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 366
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 198
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
ROZAS DE PUERTO REAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Pleno del Ayuntamiento de Rozas de Puerto Real, en sesión ordinaria celebrada el 26
de julio de 2024, adoptó por unanimidad, lo que supone la totalidad de sus miembros, entre
otros, el siguiente acuerdo:
“Sexto. Aprobación coeficientes sobre valor de terreno.—Hay que aprobar, como
todos los años, los importes máximos de los coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo, según el período de generación del incremento de valor, a
que se refiere el apartado 4 del artículo 107 del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, serán
los siguientes:
PERIODO DE GENERACIÓN
COEFICIENTE
Inferior a 1 año
0,15
1 Año
0,15
2 Años
0,14
3 Años
0,14
4 Años
0,16
5 Años
0,18
6 Años
0,19
7 Años
0.20
8 Años
0,19
9 Años
0,15
10 Años
0.12
11 Años
0,10
12 Años
0,09
13 Años
0,09
14 Años
0,09
15 Años
0,09
16 Años
0,10
17 Años
0,13
18 Años
0,17
19 Años
0,23
Igual a superior a 20 años
0,40
BOCM-20240820-48
Se aplicarán con efecto desde el día 1 de enero de 2024. Dichos coeficientes son aprobados por unanimidad de todos los concejales.
En Rozas de Puerto Real, a 7 de agosto de 2024.—El alcalde, Javier Vedia Abad.
(03/13.137/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 198
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
ROZAS DE PUERTO REAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Pleno del Ayuntamiento de Rozas de Puerto Real, en sesión ordinaria celebrada el 26
de julio de 2024, adoptó por unanimidad, lo que supone la totalidad de sus miembros, entre
otros, el siguiente acuerdo:
“Sexto. Aprobación coeficientes sobre valor de terreno.—Hay que aprobar, como
todos los años, los importes máximos de los coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo, según el período de generación del incremento de valor, a
que se refiere el apartado 4 del artículo 107 del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, serán
los siguientes:
PERIODO DE GENERACIÓN
COEFICIENTE
Inferior a 1 año
0,15
1 Año
0,15
2 Años
0,14
3 Años
0,14
4 Años
0,16
5 Años
0,18
6 Años
0,19
7 Años
0.20
8 Años
0,19
9 Años
0,15
10 Años
0.12
11 Años
0,10
12 Años
0,09
13 Años
0,09
14 Años
0,09
15 Años
0,09
16 Años
0,10
17 Años
0,13
18 Años
0,17
19 Años
0,23
Igual a superior a 20 años
0,40
BOCM-20240820-48
Se aplicarán con efecto desde el día 1 de enero de 2024. Dichos coeficientes son aprobados por unanimidad de todos los concejales.
En Rozas de Puerto Real, a 7 de agosto de 2024.—El alcalde, Javier Vedia Abad.
(03/13.137/24)
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ISSN 1989-4791