Becerril de la Sierra (BOCM-20240819-39)
Personal. Nombramiento personal laboral
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 318
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 197
BOCM-20240819-39
de Régimen Local, se podrá interponer el recurso potestativo de reposición, en el plazo de
un mes, a contar de fecha a fecha desde el siguiente a su publicación, ante el alcalde del
Ayuntamiento de Becerril de la Sierra (Madrid). Si transcurrido el plazo de un mes desde
la interposición de este recurso no se ha recibido resolución expresa del mismo, este se tendrá por desestimado, y se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del partido judicial de Madrid, en el
plazo de seis meses, contados de fecha a fecha desde el día siguiente a aquel en que el alcalde tendría que haber resuelto el recurso potestativo de reposición, en la forma y con los
requisitos exigidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En el caso de resolución expresa desestimatoria del recurso potestativo de reposición,
el plazo para interponer el recurso Contencioso-Administrativo será de dos meses, contados de fecha a fecha desde el día siguiente a la recepción de la notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del partido judicial de Madrid.
No obstante lo anterior, se puede interponer directamente por parte de los interesados
el recurso contencioso-administrativo, sin necesidad de interponer previamente el recurso
potestativo de reposición, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del
partido judicial de Madrid, en el plazo de dos meses, contados de fecha a fecha desde el día
siguiente a la publicación de la presente, en la forma y con los requisitos exigidos en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que el interesado
considere conveniente.
Nota: Se puede acceder al contenido íntegro de la presente resolución en el portal de
transparencia del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra (Madrid) a través del enlace
www.becerrildelasierra.org
Becerril de la Sierra, a 6 de agosto de 2024.—El alcalde, José Luis Martín González.
(03/13.042/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 197
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de Régimen Local, se podrá interponer el recurso potestativo de reposición, en el plazo de
un mes, a contar de fecha a fecha desde el siguiente a su publicación, ante el alcalde del
Ayuntamiento de Becerril de la Sierra (Madrid). Si transcurrido el plazo de un mes desde
la interposición de este recurso no se ha recibido resolución expresa del mismo, este se tendrá por desestimado, y se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del partido judicial de Madrid, en el
plazo de seis meses, contados de fecha a fecha desde el día siguiente a aquel en que el alcalde tendría que haber resuelto el recurso potestativo de reposición, en la forma y con los
requisitos exigidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En el caso de resolución expresa desestimatoria del recurso potestativo de reposición,
el plazo para interponer el recurso Contencioso-Administrativo será de dos meses, contados de fecha a fecha desde el día siguiente a la recepción de la notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del partido judicial de Madrid.
No obstante lo anterior, se puede interponer directamente por parte de los interesados
el recurso contencioso-administrativo, sin necesidad de interponer previamente el recurso
potestativo de reposición, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del
partido judicial de Madrid, en el plazo de dos meses, contados de fecha a fecha desde el día
siguiente a la publicación de la presente, en la forma y con los requisitos exigidos en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que el interesado
considere conveniente.
Nota: Se puede acceder al contenido íntegro de la presente resolución en el portal de
transparencia del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra (Madrid) a través del enlace
www.becerrildelasierra.org
Becerril de la Sierra, a 6 de agosto de 2024.—El alcalde, José Luis Martín González.
(03/13.042/24)
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ISSN 1989-4791