D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240817-8)
Convenio –  Convenio de 26 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Piragüismo, para el desarrollo del Programa “Activa tu capacidad” 2024-2025
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 122

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 17 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 196

Sexta
Deber de confidencialidad

BOCM-20240817-8

El encargado del tratamiento se obliga a guardar la máxima reserva y secreto sobre la
información clasificada como confidencial facilitada por el responsable del tratamiento a
efectos de dar cumplimiento al objeto del convenio.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible de
ser revelada por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro, intercambiada como consecuencia de este convenio, en especial la información y datos personales a los
que el encargado haya accedido o acceda durante su ejecución.
Las partes se comprometen a mantener el compromiso de confidencialidad respecto a
la información y material facilitado y recibido en virtud del presente convenio durante la
vigencia del mismo, así como de forma indefinida tras su finalización, obligándose a:
a) Utilizar la información de forma reservada.
b) No divulgar ni comunicar la información facilitada o recibida, salvo resolución motivada en los términos establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
c) Impedir la copia o revelación de esa información a terceros, salvo que goce de
aprobación escrita de las partes y únicamente en los términos de tal aprobación.
d) Se restringirá el acceso a la información a sus empleados y colaboradores, salvo en
la medida en que razonablemente puedan necesitarla para el cumplimiento de sus
tareas acordadas.
e) No utilizar la información o fragmentos de esta para fines distintos de la ejecución
de este convenio.
f) Cumplir con todos los términos fijados en el presente acuerdo y muy especialmente
aquellos relativos a las cláusulas sobre confidencialidad, manteniendo esta confidencialidad y evitando revelar la información a toda persona que no sea empleado
o subcontratado.
Las partes serán responsables ante el incumplimiento de esta obligación, ya sea por sus
empleados, voluntarios, subencargados, etc.
La obligación de confidencialidad tendrá carácter indefinido, manteniéndose en vigor
con posterioridad a la finalización por cualquier causa de la relación entre las partes incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente.
El encargado será responsable de que su personal, colaboradores, voluntarios y en general, todas las personas de su responsabilidad que tengan acceso a la información confidencial
y a los datos personales del responsable, respeten la confidencialidad de la información, así
como las obligaciones relativas al tratamiento de datos de carácter personal, aun después de
finalizar su relación con el encargado, entendiéndose circunscritas estas obligaciones tanto al
ámbito interno de la entidad como al ámbito externo de la misma. Por tanto, el encargado
realizará cuantas advertencias y suscribirá cuantos documentos sean necesarios con dichas
personas, con el fin de asegurar el cumplimiento de estas obligaciones, así como del cumplimiento de las medidas de seguridad correspondientes, incluidas las que consten en los documentos de seguridad de las dependencias de la Comunidad de Madrid en las que, en su caso,
hubieran de desarrollar su trabajo.
A estos efectos, el encargado se compromete a llevar un listado del personal/personas
autorizadas para tratar los datos personales, que estará en todo momento a disposición del
responsable.
La Comunidad de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que, bajo su criterio, se produzca un incumplimiento de dichos compromisos.
El encargado mantendrá a disposición del Responsable la documentación acreditativa
del cumplimiento de las obligaciones anteriormente señaladas.