D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240817-8)
Convenio – Convenio de 26 de junio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Piragüismo, para el desarrollo del Programa “Activa tu capacidad” 2024-2025
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 116
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 17 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 196
Estos importes son cantidades máximas y se imputarán al subconcepto 22802 “Convenios con instituciones sin fin de lucro”, del programa 336A, del presupuesto de gastos de
la Comunidad de Madrid, de cada una de las anualidades, siempre que exista crédito adecuado y suficiente para ello.
2. La aportación de la Comunidad de Madrid se destinará a sufragar los siguientes
gastos:
a) Técnicos deportivos: 28.644,00 euros.
Esta cantidad corresponde a la realización de 1.240 sesiones de una hora y media
de duración (23,10 euros por sesión), con un técnico, en diez escuelas deportivas.
b) Gastos de coordinación: 3.410,00 euros.
Esta cantidad corresponde al coste de los gastos generales de coordinación de la
actividad del Programa, que incluyen las siguientes actuaciones: inscripciones de
participantes a las competiciones, calendarios de sesiones divulgativas, organización de pruebas y torneos, conocimiento y resolución de problemas de desarrollo
del Programa en los centros y con los participantes, valoración de resultados de
torneos y pruebas, y confección de las clasificaciones finales, entre otros, con un
coste de 2,75 euros por sesión.
c) Torneos o pruebas deportivas: 4.800,00 euros.
Esta cantidad corresponde a la realización de seis competiciones, con un coste
de 80 euros por escuela deportiva participante.
Total: 36.854,00 euros.
Estas cantidades están calculadas teniendo en cuenta que deberían celebrarse 440 sesiones antes del fin de 2024 y 800 sesiones durante 2025, con una frecuencia mínima de dos
sesiones semanales para cada deportista inscrito durante el período de desarrollo del Programa, así como dos torneos en 2024 y 4 en 2025. En el caso de que surgieran imprevistos
sobre el calendario de sesiones o se retrasara el inicio del Programa, se intentaría agrupar
las sesiones en fechas alternativas a las inicialmente previstas, aumentando la frecuencia de
sesiones semanal, al objeto de conseguir celebrar todas las sesiones y cumplir los objetivos
previstos en el Programa. En caso de imposibilidad, la cantidad a abonar se reduciría en
cada apartado proporcionalmente al coste de las sesiones efectivamente celebradas. El importe definitivo a abonar se determinará por la Dirección General de Deportes en función
de la justificación presentada por la Federación.
Tercera
1. El pago se realizará previa presentación por la Federación de la documentación justificativa correspondiente a cada período. Así, la Federación presentará una primera justificación al concluir la actividad correspondiente a 2024, en todo caso antes del 20 de diciembre
de 2024, y otra al concluir el Programa en 2025, a la finalización del curso escolar, respetando en todo caso las cantidades máximas de cada anualidad establecidas en la cláusula segunda. La Federación podrá opcionalmente presentar una justificación adicional cuando se
haya realizado, aproximadamente, la mitad de la actividad correspondiente al período comprendido entre enero y junio de 2025. En cada justificación de gasto, la Federación presentará declaración en la que reflejará, en su caso, los ingresos que haya obtenido de terceros
destinados específicamente a la financiación del coste de su participación en esta edición
del Programa. Las cantidades declaradas se deducirán de la cantidad pendiente de abono
por la Comunidad de Madrid de modo que el total percibido por la Federación nunca supere el coste de la actividad. La Federación también deberá indicar el número de cuenta en el
que se realizará el ingreso.
2. En el caso de los monitores, se presentará la relación nominal firmada por el presidente, secretario general o gerente de la Federación, de los que hayan participado en el Programa en ese período, reflejando el número de sesiones, día en que se hayan llevado a cabo y las
escuelas deportivas de los centros escolares que hayan desarrollado su actividad, indicando
el gasto correspondiente a la actividad desarrollada, no siendo necesario presentar justificación del pago. Cuando en un mismo centro escolar se desarrolle más de una escuela deportiva, se indicará tal circunstancia en la relación de sesiones, diferenciándose cada escuela que
se desarrolle en un mismo centro. Igualmente se presentará relación de los torneos que, en
su caso, se organicen en cada período con indicación del número de árbitros participantes y
del material específico necesario, indicando el gasto efectivo total de cada torneo. En ninguno de estos casos será necesario presentar justificación del pago a técnicos y árbitros.
BOCM-20240817-8
Justificación y forma de pago
Pág. 116
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 17 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 196
Estos importes son cantidades máximas y se imputarán al subconcepto 22802 “Convenios con instituciones sin fin de lucro”, del programa 336A, del presupuesto de gastos de
la Comunidad de Madrid, de cada una de las anualidades, siempre que exista crédito adecuado y suficiente para ello.
2. La aportación de la Comunidad de Madrid se destinará a sufragar los siguientes
gastos:
a) Técnicos deportivos: 28.644,00 euros.
Esta cantidad corresponde a la realización de 1.240 sesiones de una hora y media
de duración (23,10 euros por sesión), con un técnico, en diez escuelas deportivas.
b) Gastos de coordinación: 3.410,00 euros.
Esta cantidad corresponde al coste de los gastos generales de coordinación de la
actividad del Programa, que incluyen las siguientes actuaciones: inscripciones de
participantes a las competiciones, calendarios de sesiones divulgativas, organización de pruebas y torneos, conocimiento y resolución de problemas de desarrollo
del Programa en los centros y con los participantes, valoración de resultados de
torneos y pruebas, y confección de las clasificaciones finales, entre otros, con un
coste de 2,75 euros por sesión.
c) Torneos o pruebas deportivas: 4.800,00 euros.
Esta cantidad corresponde a la realización de seis competiciones, con un coste
de 80 euros por escuela deportiva participante.
Total: 36.854,00 euros.
Estas cantidades están calculadas teniendo en cuenta que deberían celebrarse 440 sesiones antes del fin de 2024 y 800 sesiones durante 2025, con una frecuencia mínima de dos
sesiones semanales para cada deportista inscrito durante el período de desarrollo del Programa, así como dos torneos en 2024 y 4 en 2025. En el caso de que surgieran imprevistos
sobre el calendario de sesiones o se retrasara el inicio del Programa, se intentaría agrupar
las sesiones en fechas alternativas a las inicialmente previstas, aumentando la frecuencia de
sesiones semanal, al objeto de conseguir celebrar todas las sesiones y cumplir los objetivos
previstos en el Programa. En caso de imposibilidad, la cantidad a abonar se reduciría en
cada apartado proporcionalmente al coste de las sesiones efectivamente celebradas. El importe definitivo a abonar se determinará por la Dirección General de Deportes en función
de la justificación presentada por la Federación.
Tercera
1. El pago se realizará previa presentación por la Federación de la documentación justificativa correspondiente a cada período. Así, la Federación presentará una primera justificación al concluir la actividad correspondiente a 2024, en todo caso antes del 20 de diciembre
de 2024, y otra al concluir el Programa en 2025, a la finalización del curso escolar, respetando en todo caso las cantidades máximas de cada anualidad establecidas en la cláusula segunda. La Federación podrá opcionalmente presentar una justificación adicional cuando se
haya realizado, aproximadamente, la mitad de la actividad correspondiente al período comprendido entre enero y junio de 2025. En cada justificación de gasto, la Federación presentará declaración en la que reflejará, en su caso, los ingresos que haya obtenido de terceros
destinados específicamente a la financiación del coste de su participación en esta edición
del Programa. Las cantidades declaradas se deducirán de la cantidad pendiente de abono
por la Comunidad de Madrid de modo que el total percibido por la Federación nunca supere el coste de la actividad. La Federación también deberá indicar el número de cuenta en el
que se realizará el ingreso.
2. En el caso de los monitores, se presentará la relación nominal firmada por el presidente, secretario general o gerente de la Federación, de los que hayan participado en el Programa en ese período, reflejando el número de sesiones, día en que se hayan llevado a cabo y las
escuelas deportivas de los centros escolares que hayan desarrollado su actividad, indicando
el gasto correspondiente a la actividad desarrollada, no siendo necesario presentar justificación del pago. Cuando en un mismo centro escolar se desarrolle más de una escuela deportiva, se indicará tal circunstancia en la relación de sesiones, diferenciándose cada escuela que
se desarrolle en un mismo centro. Igualmente se presentará relación de los torneos que, en
su caso, se organicen en cada período con indicación del número de árbitros participantes y
del material específico necesario, indicando el gasto efectivo total de cada torneo. En ninguno de estos casos será necesario presentar justificación del pago a técnicos y árbitros.
BOCM-20240817-8
Justificación y forma de pago